Una sentencia obliga a Alcampo a conceder reducción de jornada a una trabajadora
La trabajadora, con jornada laboral de lunes a domingo y en turno rotativo de mañana y tarde, solicitó a la dirección de la empresa la reducción de su jornada laboral para atender a su hija
Una sentencia del Juzgado de lo Social número 16 de Madrid reconoce a una trabajadora de la empresa Alcampo el derecho a fijar el horario laboral para atender a su hija de tres años, según ha informado UGT de Madrid.
La trabajadora, cajera en este centro comercial de Getafe y con jornada laboral de 90 horas mensuales de lunes a domingo y en turno rotativo de mañana y tarde, solicitó a la dirección de la empresa una reducción de jornada para atender a su hija.
En concreto pidió que el horario fuese de lunes a viernes de 10:00 a 13:30 horas, con descanso en sábado y domingo.
El pasado 31 de enero la empresa le notificó la denegación de su solicitud al entender que la reducción de jornada por razón de guarda legal "debe ejercitarse dentro del horario de trabajo habitual de la trabajadora, sin que pueda suponer la libre elección de nuevos horarios sobre los que practicar dicha reducción".
Tras celebrarse el preceptivo acto de conciliación y con el asesoramiento jurídico de UGT presentó la demanda judicial contra la empresa, que finalmente ha dado la razón a la trabajadora.
La secretaria de Comercio, Hostelería, Turismo y Juego del sindicato, María José Tajuelo, ha destacado hoy que esta sentencia "viene a confirmar lo que es de sentido común" y es que el derecho de un menor a ser cuidado por sus padres prevalece sobre los intereses comerciales de las empresas.




