Se vota la nueva ley de extranjería
Entre las novedades, la ampliación a 60 días del plazo máximo que un inmigrante puede pasar retenido en un Centro de Internamiento de Extranjeros
El proyecto de reforma de la Ley de Extranjería elaborado por el Gobierno llegará hoy al Pleno del Congreso de los Diputados tras sufrir varias modificaciones durante su tramitación parlamentaria. En total, se analizaron un total de 730 enmiendas planteadas por todos los grupos, de las que cerca de 300 fueron incorporadas.
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El texto recoge, entre otras novedades, la ampliación a 60 días del plazo máximo que un inmigrante puede pasar retenido en un Centro de Internamiento de Extranjeros (CIE) en espera de su repatriación sin posibilidad de prórroga, abre las puertas de estas instalaciones a las ONG e impone la necesidad de elaborar un reglamento específico para su funcionamiento.
Asimismo, refuerza las competencias sobre la gestión de los permisos iniciales de trabajo que recogen los estatutos de autonomía de comunidades como Cataluña o Andalucía y reconoce la potestad de los gobiernos regionales para negociar acuerdos de colaboración con los países de origen de los inmigrantes.
En materia de menores extranjeros en desamparo, establece la posibilidad de que las comunidades autónomas transfieran la tutela efectiva de los niños a otros gobiernos regionales, entidades privadas y ONG. Además, impone la necesidad de escuchar al menor durante el proceso de repatriación y reconoce su capacidad de actuación en el mismo siempre y cuando tengan más de 16 años de edad o "juicio suficiente".
También se incorporan modificaciones sobre las víctimas de violencia de género. En el caso de no tener permiso de residencia, el procedimiento de expulsión incoado en consecuencia, se suspenderá en cuanto presenten denuncia por malos tratos y en espera de resolución judicial. Además, se les ofrece la posibilidad de regularizar su situación ajustándose al supuesto de "circunstancias excepcionales".
El proyecto modifica asimismo el régimen de reagrupación familiar, restringiendo este derecho a la familia nuclear (cónyuge o análogo e hijos) y limitando la posibilidad de reagrupar ascendientes a aquellos casos en que tengan más de 65 años o existan razones de tipo humanitario que lo justifiquen. Además, reconoce el permiso de trabajo automáticamente a los familiares reagrupados que tengan 16 años.
Por último, el régimen sancionador impone el "principio de proporcionalidad", especialmente a la hora de sustituir la pena de sanción de multa por la de expulsión del territorio nacional en caso de infringir la ley y permanecer en España en situación irregular.
Esta reforma, la cuarta en ocho años, comenzó su andadura el pasado 26 de junio, cuando el Consejo de Ministros dio luz verde al anteproyecto de modificación y ordenó su tramitación por vía de urgencia. La modificación se justificó entonces por la necesidad de corregir el articulado de la ley vigente que había sido declarado inconstitucional por el Tribunal Constitucional y adaptar la normativa a las directivas europeas.