Sociedad

Internet no es un medio de comunicación

La sentencia que el juez de Madrid, Rodríguez Fernández, ha emitido contra Daniel Anido y Rodolfo Irago, director y jefe de Informativos de la Cadena SER, respectivamente, contiene una particular mirada sobre la red de redes

Todos los sectores critican el fallo. Además de un ataque a la libertad de prensa, el fallo considera que la WEB no se puede considerar un medio de comunicación

De nada sirven los millones gastados por los medios de comunicación para digitalizar sus procesos, para armar equipos de periodistas, desarrolladores y programadores que permitan llegar a audiencias más amplias a través de Internet.

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La radio y la TV extienden el alcance de sus hemerotecas de audio e imágenes a Internet para que el usuario acceda a más información. La radio ha encontrado en la WEB un 'socio' perfecto que permite convertir las palabras en imágenes, textos, fotografías y vídeo. Hoy,alacceder a Internet se pueden descubrir documentos como el que ha motivado la insólita sentencia contra dos periodistas de la SER.

Para el juez Rodríguez Fernández, Internet no es un medio de comunicación social en sentido estricto, ya que en su sentencia asegura que "la protección constitucional al derecho a la información se refiere a los medios de comunicación social -televisión radio o prensa escrita-, pero debe matizarse, Internet no es un medio de comunicación social en sentido estricto, sino universal".

Todos los sectores ha condenado el fallo, y desde la Asociación Española de Medios de Comunicación Online (MedioON), han emitido un comunicado en que valoran esta argumentación como contraria a lo que establece el artículo 20 de la Constitución española en su punto 1 que dice "se reconocen y protegen los derechos a expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción". (ver comunicado)

El argumento de los querellantes es que Cadena SER y CadenaSER.com no son el mismo medio, por el hecho que la gestión pertenecía a empresas diferentes. Es que el Grupo Prisa creó una compañía llamada Prisacom desde la que se gestionaban todas las WEBs del grupo. En el caso de la noticia que motiva la querella, la aportación de los documentos en la WEB para que estén visibles para la audiencia de la radio, es lo que se convierte en el hecho judiciable.

Se destaca el hecho de que el propio juez reconoce que la información publicada por la CADENA SER era cierta y además, se consideraba un hecho noticiable, pero el cuestionamiento del magistrado es la revelación de la lista de nombres y que estos estuvieran disponibles en la edición on line de la radio.

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