El Supremo ve indicios claros de cohecho en el caso de los trajes de Camps
Los magistrados dicen que para cometer delito "basta con la aceptación de un regalo entregado en consideración a la función o cargo desempeñado"
Madrid
Duro varapalo de la sala de lo penal al Tribunal de Justicia de Valencia. Los magistrados señalan que "los trajes se regalaron con aparente opacidad atendiendo a la función pública que desempeñaban sus perceptores".
El Tribunal Supremo ha puesto en tela de juicio la talla jurídica del presidente del Tribunal de Justicia de Valencia, Juan Luis de la Rúa, y del magistrado José Ceres, que archivaron la rama valenciana del caso Gürtel, al entender que el presidente Camps y otros tres ex altos cargos de la Generalitat no cometieron un delito de cohecho impropio al aceptar los trajes que les regalaron las empresas de la trama.
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Los magistrados señalan que la interpretación que se hizo en Valencia del delito supone "vaciarlo de contenido y separarse de la doctrina de este tribunal" Una doctrina que "no abona la tesis defendida por la sala de lo civil y penal del Tribunal de Justicia de Valencia, sino más bien al contrario, ya que para que exista el delito de cohecho impropio, basta con aceptar un regalo ofrecido en consideración a la función del cargo desempeñado". Es más, añaden, "esta interpretación haría desaparecer el cohecho impropio, saltando desde el cohecho propio a la atipicidad de la conducta" Para el Supremo, "los regalos en forma de prendas de vestir se hicieron de forma repetida, con aparente opacidad y sin que en este momento conste otra justificación más que la atención a la función pública desempeñada por sus perceptores"
El Supremo recuerda que este delito persigue preservar la imparcialidad la neutralidad y la sujeción a la ley de la función pública. Cuestión distinta, subraya, es la de distinguir si el regalo de unos trajes es proporcional y adecuado a los usos sociales. La respuesta es que no porque "hay que corregir desproporciones evidentes"
Costa, en manos del instructor
La sala de lo penal no descarta, en principio, que se pueda decretar el sobreseimiento de la causa respecto de Ricardo Costa. El Supremo reconoce que no ocupaba ningún cargo dentro de la Generalitat pero recuerda que ha sido secretario general de los populares valencianos. En cualquier caso, el sobreseimiento sería provisional y la última decisión la tendrá el juez instructor al que se devuelven las actuaciones, el magistrado José Flors, que siempre consideró que Costa había cometido un delito de cohecho impropio.
Pedro Jiménez
Redactor Jefe en la Cadena SER. Antes he pasado por los equipos de Hora 14, Radio Madrid, Fin de Semana,...