Un juzgado fija la casa de acogida de una mujer maltratada como punto de encuentro para las visitas de su agresor a su hija
A la vez, la sala entiende que la víctima se encuentra en "una situación objetiva de riesgo" porque él reconoce las agresiones y por su carácter machista
Un juzgado de Utrera ha dictado una orden de alejamiento contra un presunto maltratador como medida cautelar para proteger a su pareja de nuevas agresiones. Al mismo tiempo, el juzgado fija como lugar de encuentro para el régimen de visitas a su hija la casa de acogida donde se refugian la víctima y la niña.
El juzgado de la localidad sevillana de Utrera señala en el auto que existen "indicios racionales de criminalidad" del presunto maltratador, que ha reconocido haber agredido a su mujer al menos en dos ocasiones. Le propinó un puñetazo en el ojo y una patada cuando ella estaba embarazada.
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A mayor abundamiento el hombre reconoce además que una vez le dijo que "no le iba a poner nunca más la mano encima. Una señal, según el juzgado, de que hubo agresiones previas a las denunciadas".
El juzgado entiende que la victima se encuentra en "una situación objetiva de riesgo" por el carácter reiterado de las agresiones que él reconoce y por su carácter machista. El hombre llega a manifestar que quiere que la mujer se marche de casa porque ya ni le fríe un huevo y no le limpia la casa".
Ante todos estos hechos, el juzgado otorga a la mujer una orden de protección como medida necesaria para preservar su integridad física y síquica en aras de evitar futuros episodios violentos. En este sentido, acuerda "dictar contra el presunto agresor una orden de alejamiento".
Prohibido acercarse a menos de 300 metros
Le prohíbe aproximarse a menos de 300 metros de su víctima. Le prohíbe también comunicarse con ella por cualquier medio, incluido las vías postal, telefónica o telemática. Además le hace una expresa advertencia de que el incumplimiento de esta medida penal podrá dar lugar a medidas más restrictivas, incluso la prisión provisional.
El juzgado le concede también al hombre un régimen de visitas del bebé y fija sorprendentemente como "lugar de encuentro para que el padre vea a la hija la Casa de Acogida" donde se refugian la madre y la niña.
El auto dice que "las tres tardes a la semana" que podrá visitar a su hija se debe hacer una "excepción" con la medida cautelar y podrá incumplir la orden de alejamiento. Es más, establece como norma general que el denunciado debe conocer siempre el lugar donde se encuentra la denunciante "puesto que en otro caso se incumpliría el régimen de visitas".
La resolución puntualiza que una vez en el Centro de Acogida, la entrega y recogida de la menor al padre se realizara a través de un responsable de dicho centro evitando el contacto directo entre padre y madre.
La Junta de Andalucía ha presentado una queja oficial ante el Consejo General del Poder Judicial porque considera que este auto pone en peligro la seguridad e integridad de esta mujer y del resto de las victimas que residen en la Casa de Acogida.
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