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Si vives en Euskadi y tienes problemas económicos puedes exigir una vivienda digna

El Anteproyecto de la Ley Vasca de Vivienda será el primero en establecer el derecho subjetivo a la vivienda

El consejero de Vivienda, Obras Públicas y Transportes, Iñaki Arriola, ha presentado en Vitoria el anteproyecto de Ley de Vivienda y la plataforma participativa(EFE/David Aguilar)

El consejero de Vivienda, Obras Públicas y Transportes, Iñaki Arriola, ha presentado en Vitoria el anteproyecto de Ley de Vivienda y la plataforma participativa

El Gobierno vasco ha presentado el anteproyecto de ley de vivienda que, entre otras medidas, contempla que los ciudadanos con problemas económicos puedan exigir ante un juez una vivienda digna.

El Anteproyecto de la Ley Vasca de Vivienda otorgará al Ejecutivo la potestad de "imponer" un canon y alquiler "forzoso" a las viviendas que permanezcan desocupadas durante un tiempo superior a dos años sin causa justificada.

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El consejero de Vivienda del Gobierno vasco, Iñaki Arriola, ha explicado que de este modo "se le podrá imponer a la vivienda un canon de 10 euros por cada metro cuadrado útil y año, y se podrá imponer un alquiler forzoso transcurrido un año desde su declaración como vivienda deshabitada".

La futura Ley Vasca de Vivienda, que no será aprobada por el Ejecutivo hasta finales de año, tiene entre sus objetivos el "promover las condiciones necesarias y establecer las normas pertinentes para hacer efectivo el derecho de la ciudadanía a disfrutar de una vivienda digna y adecuada".

En dicho anteproyecto se establece, por primera vez, el "derecho subjetivo", que recoge una serie de requisitos para favorece la ocupación legal y estable de una vivienda por aquellos colectivos cuyo acceso al mercado libre les haría caer en riesgo de exclusión social.

El derecho subjetivo se establecerá de manera gradual, atendiendo en primera instancia a los solicitantes de vivienda con más de cuatro años de antigüedad en Etxebide, y respetando la situación económica, dando preferencia a las unidades convivenciales de tres o más miembros con ingresos inferiores a 15.000 euros.

Por otro lado, la ley recoge una serie de causas que podrían traer consigo la expropiación "forzosa" de una vivienda de protección pública, como puede ser no destinar la vivienda a domicilio habitual, mantener la vivienda deshabitada sin causa justificada por plazo superior a un año o duplicar la renta máxima durante al menos tres años, al considerar que se incumple con la "función social" de la VPP.

La norma diseñada por el Departamento de Vivienda recoge una nueva normativa en torno a la rehabilitación de viviendas, entre sus artículos se incluye la posibilidad de "abordar la rehabilitación de edificios si hay acuerdo del 50% de las personas propietarias".

 
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