El Supremo avala que se pueda convertir un local comercial en vivienda
El requisito es que no esté expresamente prohibido en los estatutos de la comunidad de propietarios
El Tribunal Supremo ha resuelto el litigio de unos propietarios de un local comercial situado en la madrileña avenida Manzanares. La comunidad de propietarios les demandó cuando empezaron las obras para convertir el local comercial en vivienda. Alegaban que afectaban a elementos comunes del edificio y que vulneraban la ley de Propiedad Horizontal.
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La demanda fue rechazada por el juez de primera instancia, por la Audiencia de Madrid y ahora por el Tribunal Supremo. La sentencia, de la que ha sido ponente el presidente de la sala Juan Antonio Xiol, sostiene que los estatutos de la comunidad de propietarios "no prohibían expresamente las obras realizadas ni el cambio de uso del inmueble" que pasaba de local comercial a vivienda.
La sala recuerda que esas prohibiciones "deben constar de manera expresa y aparecer inscritas en el Registro de la Propiedad para tener eficacia frente a terceros".
Pedro Jiménez
Redactor Jefe en la Cadena SER. Antes he pasado por los equipos de Hora 14, Radio Madrid, Fin de Semana,...