El Supremo rebaja la condena al aparato de captación de ETA
La sala de lo penal del Supremo ha rebajado la condena que la Audiencia Nacional impuso a los cinco miembros del aparato de captación de ETA
La Audiencia Nacional condenó a los cinco acusados a penas de entre seis y siete años de prisión. El alto tribunal absuelve a uno de ellos y rebaja la condena de los otros cuatro a penas de entre dos y tres años de cárcel por las dilaciones indebidas que sufrió el proceso.
Carlos Moisés Martín y Zugaitz Izaguirre, condenados a siete años de prisión ven su pena rebajada hasta los tres años, mientras que en el caso de Regina Maiztegui y Alberto González, condenados a seis años, la rebaja llega hasta los dos años y medio de cárcel.
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Los magistrados justifican su decisión en las dilaciones que sufrió el proceso. La sentencia subraya "la desproporcionada duración del procedimiento que, en modo alguno puede justificarse por la complejidad de la investigación" Los magistrados recuerdan que la sentencia tardó ocho años en llegar. Un retraso, "no imputable a las defensas, mientras los acusados estaban en prisión preventiva".
El quinto acusado, Mikel Garaiondo, ha sido absuelto por falta de pruebas. El Supremo no considera suficiente su declaración ante la policía, porque en el juicio declaró que testificó "bajo presión".
Pedro Jiménez
Redactor Jefe en la Cadena SER. Antes he pasado por los equipos de Hora 14, Radio Madrid, Fin de Semana,...