El Supremo tumba por unanimidad el incidente de nulidad de Sortu
La sala especial del artículo 61 considera que plantea cuestiones que ya están resueltas en el auto que impidió a la nueva formación abertzale concurrir a las elecciones del 22 de mayo
El Tribunal Supremo ha rechazado el escrito presentado por Sortu para que se anule el auto que le impide concurrir a las elecciones del 22 de mayo. La nueva formación abertzale alegaba que la sala del artículo 61 había vulnerado, entre otros, el derecho a la libre creación de partidos políticos y que la resolución judicial presentaba "claras y serias omisiones" que el Supremo tenía que haber examinado.
Los 16 magistrados que componen la sala sostienen todo lo contrario y subrayan que el incidente de nulidad plantea cuestiones que ya están resueltas en el auto que avaló por nueve votos a favor y siete en contra la ilegalización de Sortu. Esta decisión ya ha sido comunicada a las partes y este viernes se les notificará la providencia.
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En la deliberación ha estado presente el magistrado Rafael Gimeno-Bayón, cuyo nombramiento como magistrado de la sala de lo civil del Tribunal Supremo ha sido anulado esta semana por el pleno de la sala de lo contencioso - administrativo al considerar que no reunía los requisitos para obtener esa plaza por la vía de juristas de reconocido prestigio. De momento, la sentencia no está redactada y no se ha notificado a las partes y por eso Gimeno-Bayón no ha sido relevado de sus funciones.
Pedro Jiménez
Redactor Jefe en la Cadena SER. Antes he pasado por los equipos de Hora 14, Radio Madrid, Fin de Semana,...