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El Supremo tumba por unanimidad el incidente de nulidad de Sortu

La sala especial del artículo 61 considera que plantea cuestiones que ya están resueltas en el auto que impidió a la nueva formación abertzale concurrir a las elecciones del 22 de mayo

El Tribunal Supremo ha rechazado el escrito presentado por Sortu para que se anule el auto que le impide concurrir a las elecciones del 22 de mayo. La nueva formación abertzale alegaba que la sala del artículo 61 había vulnerado, entre otros, el derecho a la libre creación de partidos políticos y que la resolución judicial presentaba "claras y serias omisiones" que el Supremo tenía que haber examinado.

Los 16 magistrados que componen la sala sostienen todo lo contrario y subrayan que el incidente de nulidad plantea cuestiones que ya están resueltas en el auto que avaló por nueve votos a favor y siete en contra la ilegalización de Sortu. Esta decisión ya ha sido comunicada a las partes y este viernes se les notificará la providencia.

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En la deliberación ha estado presente el magistrado Rafael Gimeno-Bayón, cuyo nombramiento como magistrado de la sala de lo civil del Tribunal Supremo ha sido anulado esta semana por el pleno de la sala de lo contencioso - administrativo al considerar que no reunía los requisitos para obtener esa plaza por la vía de juristas de reconocido prestigio. De momento, la sentencia no está redactada y no se ha notificado a las partes y por eso Gimeno-Bayón no ha sido relevado de sus funciones.

Pedro Jiménez

Pedro Jiménez

Redactor Jefe en la Cadena SER. Antes he pasado por los equipos de Hora 14, Radio Madrid, Fin de Semana,...

 
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