Sociedad

El Supremo obliga al gobierno valenciano a dotar de medios a un colegio público que escolariza a niños autistas

El Alto Tribunal revoca la sentencia del Tribunal de Justicia de Valencia

La sala de lo contencioso - administrativo del Tribunal Supremo ha dado la razón a un grupo de padres con hijos autistas que acuden al colegio público Tomás de Montañana. En una sentencia muy crítica con la administración valenciana, los magistrados obligan a la Generalitat Valenciana a subsanar las deficiencias del centro para que los nueve escolares afectados puedan hacer efectiva su educación en condiciones reales de igualdad.

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El Tribunal Supremo obliga al Gobierno valenciano a "subsanar sin demora" las carencias del aula especial para niños autistas con el que cuenta el colegio público Tomás de Montañana. La sala de lo contencioso administrativo revoca la sentencia del Tribunal de Justicia de Valencia y da la razón a los padres de los pequeños. Los recurrentes denunciaron que no existían los recursos materiales y humanos suficientes para garantizar el derecho a la educación de sus hijos. Por ejemplo, el colegio público no cumplía con la ratio de alumnos, la cual establece que es necesario un docente por cada tres-cinco alumnos.

La escolarización afectó a nueve niños de edades comprendidas entre los tres y los nueve años. Sólo cinco acudían a clase porque los padres de los otros cuatro consideraban que el centro no contaba con los recursos suficientes.

La sentencia subraya que los niños autistas "por padecer este trastorno se encuentran en una posición de desigualdad de partida que les hace acreedores de una respuesta de las Administraciones educativas adecuada a sus necesidades". En este caso, añaden, "no solo no se han observado las exigencias legales sino que difícilmente puede decirse que se haya respetado el derecho fundamental a la educación ofreciendo a los niños un tratamiento acorde con la situación de desigualdad de partida en la que se encuentran"

Los magistrados recuerdan que la ley obliga a las administraciones educativas a "disponer de los medios necesarios para que todo el alumnado alcance el máximo desarrollo personal, intelectual, social y emocional". En base a esta premisa, la Generalitat debería haber adecuado la enseñanza "a las específicas necesidades de estos alumnos para hacer efectiva su educación en condiciones de igualdad real". Una obligación que no se cumplió, según se desprende de los informes de los inspectores de educación, incorporados a la causa.

<a name="despiece1"></a>El contenido de los informes

El informe del inspector de educación corroboró que la ratio de alumnos debe ser de entre 3 y 5 por cada educador. No obstante en el aula del colegio público Tomás de Montañana se escolarizó a 9 alumnos. Otro informe pericial determina que no hay coordinación entre la Consejería de Educación y la de Sanidad, que no hay programación general, ni protocolo de tratamiento y seguimiento, que inicialmente el personal carecía de experiencia, el Aula era pequeña e inadecuada y no tenía material, salvo el aportado por los padres o los profesionales que atendían el Aula, que cambian las personas curso a curso, que hay descoordinación, y mezcla de niños que, por sus distintas edades no debería producirse.

 
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