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Un asturiano gana en los tribunales a Nintendo

La Audiencia Provincial de Asturias desestima el recurso de la compañía contra un joven comerciante al que acusaban de delitos contra la propiedad industrial y de descubrimiento y revelación de secretos

Una imagen promocional de la nueva Nintendo 3DS(NINTENDO)

Una imagen promocional de la nueva Nintendo 3DS

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Asturias ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por la compañía Nintendo a un empresario de Avilés, absuelto por el juzgado de lo Penal número 1 de Avilés por delitos contra la propiedad industrial y de descubrimiento y revelación de secretos.

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Inicialmente la empresa japonesa llegó a pedir para el joven 23 años de cárcel y 840.000 euros de indemnización. El fallo al que ha tenido acceso Europa Press señala que "no han podido ser atendibles los argumentos de quien apela" ya que no se puede adoptar una decisión "sin la apreciación de los testimonios presentados en persona por quien sostiene que no ha cometido la acción considerada infracción penal".

Uso no autorizado del software de Nintendo

Fue el día 1 de abril de 2009 cuando en la Administración de Aduanas de Avilés de la Agencia Estatal de Administración Tributaria se intervinieron 400 paquetes procedentes de China que contenían cada uno un 'pendrive', una tarjeta/adaptadaor SD y un cartucho para video consola sin software añadido. Cinco días después se intervino otro envío de China compuesta por 500 adaptadores y otros 500 para tarjeta micro SD. El importador era el empresario asturiano, que posee una tienda de electrónica.

El empresario reconoció en la vista oral que venía importando y vendiendo desde 2006 esos dispositivos, y que también vende consolas Nintendo y juegos originales. La multinacional nipona, sin embargo, carga contra él al entender que cometía un delito al vender en su comercio un producto que suponía un uso no autorizado de su software y que fomentaba la piratería.

El juez del Penal número 1 de Avilés entendió, sin embargo, que si bien es cierto que los cartuchos intervenidos solo pueden ser utilizados en al consola Nintendo, no lo es menos que "estaban desprovistos de software alguno, por lo que difícilmente se podía conseguir la supresión no autorizada o la neutralización de los dispositivos técnicos utilizados para proteger el programa de ordenador que contiene el juego o producto informático comercializado por Nintendo".

Por lo que se refiere a la acusación del delito contra la propiedad industrial, el juez no vio delito y recordó que los cartuchos importados tienen la "diferencia" de estar dotados de una ranura para la inserción de tarjetas. La sentencia tampoco considera que haya delito contra la propiedad industrial, entre otras cosas porque se desconoce el mecanismo criptográfico que tienen las consolas y los cartuchos de Nintendo.

Negó también que exista un delito de descubrimiento y revelación de secretos e insistió en que el acusado desconocía el contenido informático de los cartuchos importados. "No puede saberse si albergan secretos o información reservada de la empresa".

 
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