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El Supremo investiga a una juez canaria por grabar un encuentro sexual en prisión

La querella contra la juez de Tenerife puede ser más grave que el proceso a Garzón

La juez de Carla Bellini ordenó grabar el sonido ambiental de las posibles conversaciones que pudieran mantener en la visita vis- vis el imputado Felipe Manuel Armas y su pareja en el centro penitenciario Tenerife 2.

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El abogado y catedrático de Derecho Penal, Jesús Silva, en declaraciones en exclusiva a la Cadena Ser, ha asegurado que la admisión a trámite por parte del Tribunal Supremo (TS) por un presunto delito contra la intimidad contra la Magistrada de la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Canarias Carla Bellini, por ordenar la grabación de las conversaciones en un encuentro sexual vis a vis en el Centro Penitenciario Tenerife-2 de Felipe Armas, imputado en el denominado caso 'Las Teresitas', el 14 de octubre de 2007 con su pareja, supone un caso mas grave que el proceso contra el exjuez Baltazar.

En este sentido Silva recordó que, al contrario que en el procedimiento contra Garzón, la juez Carla Bellini, podría haber incurrido en un presunto delito de prevaricación y contra la intimidad no por impedir el derecho a la defensa sino por algo mucho mas grave. "En términos generales son dos casos parecidos aunque en mi opinión esto es mucho más grave porque no estamos hablando de una cuestión técnica, de un procedimiento sino que estamos hablando de la carne, de la habitación porque aunque esto hubiera sucedido en un centro penitenciario lo mismo vale para una habitación en donde se encontrara una pareja".

En el auto del Tribunal Supremo, al que ha tenido acceso la Cadena SER, se indica que la juez instructora, Carla Bellini, solicitó la "interceptación y grabación y escucha ambiental de las posibles conversaciones que pudieran mantener en la visita vis- vis el imputado Felipe Manuel Armas y su pareja en el centro penitenciario Tenerife 2". En este sentido, el Tribunal recuerda en el auto que "la sexualidad pertenece al ámbito de la más estricta intimidad, máxime cuando quien es objeto de tal restricción a la intimidad, es decir, la persona que comunica «vis a vis» en la prisión, no está imputada en tal procedimiento, ni hay datos o indicios de su posible participación, por lo que podrían haberse conculcado preceptos penales".

De esta forma el Supremo admite a trámite la querella contra la juez Carla Bellini y no así la presentada contra la fiscal de la Fiscalía Provincial de Santa Cruz de Tenerife, María Farnés, ya que "su conducta pasiva, al no solicitar la diligencia, y tampoco recurrirla, no es motivo por ahora para su encausamiento, sin perjuicio de las circunstancias que puedan acreditarse respecto a su actuación profesional". En este punto, el abogado, Jesús Silva ha adelantado que no recurrirá la decisión del Tribunal Supremo.

 
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