Fuentes jurídicas atribuyen a Arturo Fernández delitos castigados con penas de cárcel
La Cadena SER consulta con varios juristas que señalan la posible comisión de cuatro delitos con penas que oscilan entre seis meses y seis años de prisión
La conducta desplegada por el holding del número dos de los empresarios españoles tiene su reflejo en el código penal. La Cadena SER ha consultado con distintos juristas antes de hacer pública la información sobre el grupo empresarial Arturo Cantoblanco. Las fuentes consultadas entre las que figuran jueces, abogados o catedráticfos de derecho penal sostienen que podemos encontrarnos al menos ante cuatro delitos: contra los derechos de los trabajadores, societario, delito fiscal y otro de fraude a la seguridad social
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Diversos juristas coinciden en que son varios los supuestos delictivos que, a priori, se podrían apreciar en la actuación de Arturo Fernandez y que llevan aparejados penas de cárcel. Un delito contra el derecho de los trabajadores (art. 311 del Código Penal) por perjudicar o restringir los derechos laborales al efectuar pagos ocultos que no pueden ser incluidos en la cotización del empleado. El código penal castiga este delito con penas de prisión de seis meses a seis años.
También puede haberse cometido un delito societario (art. 290 del Código Pénal) por falsear las cuentas anuales en contra de los socios minoritarios. En este caso el perjuicio llega por dos circunstancias: por no declarar los datos en las cuentas anuales y por no someterlo al conocimiento de los otros accionistas. Este delito está castigado con hasta tres años de carcel. Los expertos señalan ademas un delito de fraude a la seguridad social y un delito fiscal. El primero por no pagar las correspondientes cotizaciones de cada trabajador y el segundo cometido supuestamente por no pagar a Hacienda los impuestos aunque en este caso, solo se cometería delito si la cantidad no declarada supera los 120 mil euros.
Por si fuera pequeño el abanico, los juristas consultados explican que la justicia debería investigar la procedencia de ese dinero negro con el que se efectuaron los complementos de la nómina a los trabajadores por si pudiera haber indicios de blanqueo de capitales.
Además de los supuestos delitos que se pueden atribuir a Arturo Fernandez, también está la responsabilidad en la que podrían haber incurrido las empresas e instituciones que le hayan concedido la explotación del servicio de restauración. Hablamos de la Asamblea de Madrid, el Teatro Real o el Congreso de los Diputados. La ley les impone el deber de vigilar que no se cometan irregularidades en la explotación del negocio y en el caso de que Arturo Fernandez no pudiera por motivos económicos ponerse al día con la seguridad social, la institución que lo hubiera acogido sería responsable civil subsidiaria.