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El Supremo rechaza que un empresario sea indemnizado por una trabajadora que le denunció

Absuelve a una mujer denunciada por su jefe después de llevarle ante la justicia por acoso laboral

MADRID

El Tribunal Supremo ha rechazado la pretensión de un empresario de ser indemnizado por una trabajadora que le denunció por acoso laboral. La Sala de lo Civil señala que la trabajadora no dio publicidad a los hechos denunciados, por lo que debe prevalecer su derecho a la libertad de expresión y niega que el empresario deba ser indemnizado.

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El Tribunal Supremo ha rechazado las pretensiones de un empresario, que quería ser indemnizado con 50.000 euros por una trabajadora que le denunció por acoso laboral, amenazas y coacciones. La sentencia estima que la trabajadora se limitó a denunciar los hechos tras ser despedida, sin darles publicidad y comentándolos sólo "con personas de su círculo íntimo de amistad", y que por tanto el honor del empresario no se vio lesionado.

Tampoco opina la Sala de lo Civil, en consonancia con lo que ya dictó la Audiencia Provincial de Madrid en 2011, que la trabajadora violara el derecho al honor del empresario en la denuncia, donde declaraba estar en "una situación vejatoria de hostigamiento y acoso laboral". No empleó ni insultos ni "expresiones ofensivas innecesarias".

El empresario denunció que los hechos llevados ante la justicia por la trabajadora alcanzaron el entorno laboral y personal, alegando que debía ser indemnizado por el "grave menoscabo causado a su honor y su prestigio profesional".

 
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