Un juzgado de Palma ordena al BBVA devolver los 80.000 euros que una empresa perdió en un 'swap'
La sentencia señala que la información de las entidades bancarias sobre productos financieros complejos debe ser personalizada
Un juzgado de Palma ha dado la razón a una empresa inmobiliaria que perdió 80.000 euros en un contrato de swap -un producto financiero complejo- del BBVA. La juez considera probado que la información que la entidad bancaria facilitó al cliente era "insuficiente e incompleta" y no cumplía con los cánones exigidos por el Banco de España. El fallo obliga al banco a devolver el dinero a la empresa demandante.
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Un juzgado de Palma ha fallado a favor de una empresa inmobiliaria que había suscrito un contrato de swap con el BBVA, aparentemente vinculado a un préstamo hipotecario, y en el que llevaba perdidos casi 80.000 euros. La entidad bancaria deberá devolver la cantidad reclamada más los intereses.
Dice la sentencia que la labor de las entidades financieras debe ser "personalizada, teniendo en cuenta las circunstancias personales y económicas del cliente" y que en este caso la información del swap que se contrató fue "manifiestamente insuficiente e incompleta" porque, a pesar de que los contratantes fueran personas vinculadas al mundo de los negocios y de la empresa "no consta acreditado que tuvieran conocimientos sobre productos financieros complejos" y, además, el banco manejaba previsiones de bajada para los tipos de interés. La juez añade que "una mera lectura de las condiciones remitidas por la entidad bancaria a los clientes permite concluir que solo podrían ser entendidas por una persona que tuviera conocimientos financieros amplios y que no mencionaban nada sobre la cancelación anticipada del producto o el coste de la misma".
La sentencia se apoya en el informe del Banco de España que resolvió la reclamación de la empresa y que indicó que "la entidad bancaria había actuado con falta de transparencia y diligencia en la comercialización y contratación del producto cobertura".