El Supremo exime del pago de las tasas a trabajadores y sindicatos
La sala de lo social del alto tribunal acuerda esta medida por unanimidad en un pleno no jurisdiccional hasta que entre en vigor la ley de justicia gratuita
El Tribunal Supremo ha respondido a las dudas que le han transmitido los órganos judiciales inferiores sobre si deben o no cobrar tasas judiciales a trabajadores y sindicatos. La respuesta ha sido que no hay que imponer tasas judiciales en estos casos cuando se presente recurso de suplicación o de casación en el orden social, hasta que el Gobierno saque adelante la ley de justicia gratuita.
El Tribunal Supremo ha fijado por unanimidad las pautas interpretativas a las que deben ceñirse juzgados y tribunales sobre las tasas judiciales.
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La sala de lo social ha celebrado un pleno no jurisdiccional para solventar las dudas planteadas por los órganos judiciales inferiores y concluye que no cabe cobrar tasas a trabajadores, funcionarios y sindicatos cuando presenten recursos de suplicación y de casación ante el Tribunal Supremo. Esta es la consigna hasta que el Gobierno saque adelante la ley de justicia gratuita.
El acuerdo del pleno recuerda los preceptos de la constitución Española y de la ley de jurisdicción para justificar su decisión y cita las sentencias del Tribunal Constitucional en esta materia.
Pedro Jiménez
Redactor Jefe en la Cadena SER. Antes he pasado por los equipos de Hora 14, Radio Madrid, Fin de Semana,...