La Audiencia avala la vigencia de los convenios pactados antes de reforma laboral
Consideran que el periodo de un año introducido con la reforma laboral no puede aplicarse sin más de forma inflexible
La Audiencia Nacional considera que las condiciones laborales de los trabajadores plasmadas en convenios colectivos firmados antes de la aprobación de la reforma laboral tienen vigencia más allá del año estipulado en la nueva normativa para que expiren.
En una sentencia, la primera en la que la sala de lo social de este tribunal se pronuncia sobre la ultraactividad de los convenios, los magistrados estiman la demanda interpuesta por el sindicato Sepla-Air Nostrum contra la compañía, en la que la Audiencia declara la vigencia del acuerdo hasta la aprobación de uno nuevo.
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Para la Audiencia Nacional, el periodo de un año introducido con la modificación de la Ley 3/2012 de medidas urgentes de reforma del mercado laboral, no puede aplicarse sin más de forma inflexible, sino que habría que estudiar la voluntad de ambas partes a la hora de aplicar la ultraactividad, es decir, la vigencia de sus condiciones más allá del periodo para el que fueron pactadas.




