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Absuelto un brigada del Ejército que intentó vender uniformes militares en eBay

Ofertó equipos de combate y básicos del almacén de la Compañía aunque no los robó y no llegó a venderlos

El Tribunal Supremo ha absuelto a un brigada del Ejército que intentó vender uniformes militares a través de eBay, material que fotografió en el almacén de su compañía en Madrid. El Supremo le absuelve por considerar que los hechos fueron sólo actos preparatorios de delito, después de que el brigada devolviera todo el material que fotografió y ofertó en eBay sin que llegara a venderlo.

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El Tribunal Supremo ha absuelto a un brigada del Ejército que intentó vender uniformes militares a través de eBay. El militar, que fue originalmente condenado a tres meses y un día de arresto, fotografió diverso material del almacén de su guarnición en Madrid y lo ofertó en esta plataforma de venta, aunque no llegó a venderlo. El material que pretendía vender consistía en prendas nuevas de la dotación del Ejército de Tierra: tanto del equipo básico pixelado (uniforme de instrucción, chaquetón y chambergo) como el equipo de combate (portaequipo de combate y chaleco antibalas). El encausado tuvo acceso a este material por ser auxiliar de la Compañía de Abastecimiento de esta guarnición del Ejército en Madrid, teniendo en su poder las llaves del almacén.

El brigada no llegó a vender el material, y al final no faltó ninguna de las prendas ofertadas en eBay. También devolvió el portaequipo de combate, el único material que según la sentencia se había quedado el acusado. Fue condenado a tres meses y un día de arresto por el Juzgado Togado Militar Territorial número 11, y ahora es la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo la que le absuelve del delito contra la hacienda militar del que venía acusado.

Acto preparatorio del delito

Los jueces del Supremo consideran que la actividad por la que se condenó al brigada fueron "actos preparatorios del delito" y no una conducta punible. Indica en su sentencia que el militar anunció las prendas pero que no llegó a robarlas, y que ni siquiera surgió un comprador que pudiera llevarle a cometer posteriormente un robo. Señala que sólo se quedó el portaequipo de combate, aunque luego lo devolvió, y en todo caso esa acción podría ser una sustracción, algo que no es delito ya que la prenda sustraída tiene un valor de menos de 400 euros.

 
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