Sociedad
LA SENTENCIA SOBRE LA 'DOCTRINA PAROT'

La Audiencia ordena por unanimidad la puesta en libertad de Inés del Río

La Sala de lo Penal concluye que la sentencia es "clara y concluyente" y ordena la "libertad inmediata" de la etarra de la cárcel coruñesa de Teixeiro

La etarra Inés del Río, en una imagen de archivo en la Audiencia Nacional (EFE)EFE / SERGIO BARRENECHEA

La Audiencia Nacional ordena la "inmediata libertad" de la etarra Inés del Río porque la sentencia de Estrasburgo es "clara y concluyente" y de "obligado cumplimiento" para el Estado español. En su auto, los 17 magistrados del pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional destacan el "carácter vinculante" de la sentencia para España, que "adquirió la obligación internacional de dar efectividad y ejecutar las sentencias del Tribunal [de Estrasburgo] al prestar su consentimiento al Convenio Europeo para la protección de los derechos civiles y las libertades fundamentales".

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Los magistrados añaden que el Convenio Europeo "integra nuestro ordenamiento jurídico" y sus decisiones son "obligatorias y vinculantes para todo Estado parte".

Para los miembros del pleno la sentencia del TEDH que revoca la aplicación retroactiva de la Parot es "clara y concluyente: incumbe al Estado asegurar la puesta en libertad de la demandante en el plazo más breve, ya que se encuentra privada irregularmente de libertad desde el 3 de junio de 2008".

Los magistrados de la Audiencia Nacional van más allá y dicen que si ellos no actuasen, tendría que hacerlo el Constitucional. Aseguran que "si la jurisdicción no ejecutara de manera adecuada la sentencia, sería el Tribunal Constitucional el que tendría que reaccionar anulando una decisión contraria a derecho, y a los derechos humanos básicos del Convenio Europeo, para amparar a la interesada".

El pleno de la Audiencia es tajante al hacer suya para este auto la jurisprudencia constitucional: "Los poderes públicos tienen la obligación de tutelar los derechos fundamentales y de reparar cualquier lesión contra los mismos, por lo que no pueden quedarse indiferentes ante la declaración que realice el Tribunal Europeo acerca de la violación de un derecho".

<a name="despiece1"></a><b> No habrá indemnización para Inés del Río</b>

La sentencia de la Gran Sala de Estrasburgo también condenaba a España a pagar una indemnización de 30.000 euros a la etarra por los cinco años de más que ha pasado en prisión de forma "irregular". Sin embargo, no recibirá pago alguno porque la indemnización, según la Audiencia Nacional, deberá "imputarse al pago de las responsabilidades civiles decretadas a favor de las víctimas" que Del Río no satisfizo, y del "derecho de subrogación del Estado".Inés del Río, miembro del sanguinario comando Madrid y condenada a 3.828 años de cárcel por 24 asesinatos, ha cumplido 26 años y tres meses de condena. En julio de 2008 debió obtener la libertad pero su pena fue prorrogada al aplicarle la doctrina Parot, cuya imposición retroactiva fue derogada ayer por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.Previsiblemente, Inés del Río abandonará la cárcel coruñesa de Teixeiro en las próximas horas.La Audiencia pretende estudiar caso por caso y no aplicar de forma masiva la sentencia a todos los afectados por la aplicación retroactiva de la doctrina Parot.

 
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