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Absuelven al etarra 'Txeroki' por un atentado contra un hotel en Denia

La Audiencia Nacional no encuentra pruebas de la participación de 'Txeroki' y Leire López en la colocación de una mochila bomba en un hotel de Denia en enero de 2005

La Audiencia Nacional ha absuelto por falta de pruebas al etarra Garikoitz Azpiazu 'Txeroki' y a Leire López Zurutuza por el atentado perpetrado en enero de 2005 con una mochila bomba contra un hotel de la ciudada alicantina de Denia. Los jueces no encuentran pruebas que determinen su implicación en el atentado, despojadas de todo valor las declaraciones policiales del etarra José Ángel Lerín, único condenado por estos hechos.

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La Audiencia Nacional ha absuelto por falta de pruebas al etarra Garikoitz Azpiazu 'Txeroki' y a Leire López Zurutuza por el atentado con una mochila bomba en un hotel de la localidad alicantina de Denia el 30 de enero de 2005. Los jueces de la Sala de lo Penal absuelven a los dos acusados por entender que no hay ninguna prueba que pueda poner de manifiesto la participación de los dos acusados, una vez que las declaraciones policiales del etarra José Ángel Lerín Sánchez, único condenado por estos hechos, fueron anuladas durante el juicio.

Los hechos tuvieron lugar el 30 de enero de 2005, cuando dos llamadas consecutivas a los servicios de emergencia en nombre de ETA alertaron de la colocación de un explosivo en el Hotel Port Denia. Una mochila bomba con temporizador que causó destrozos por valor de 434.128 euros, de los cuales el Estado abonó casi 300.000 a través de la Dirección de Apoyo a las Víctimas del Terrorismo, y también heridas a cinco personas por efecto de la onda expansiva.

Absueltos por falta de pruebas

Es un atentado por el que ya estaba condenado el etarra José Ángel Lerín Sánchez, integrante del comando Zapa de la banda terrorista y condenado desde 2008 a 17 años de cárcel. En las actuaciones consta que Lerín perpetró el atentado junto con otras personas del mismo comando, pero la justicia no ha sido capaz de demostrar su identidad. Las declaraciones policiales de Lerín, que compareció en este juicio en calidad de testigo al haber sido condenado ya con anterioridad, eran las únicas pruebas que implicaban a 'Txeroki' y a López, y fueron anuladas después de que el etarra se retractara de ellas alegando que las había realizado bajo tortura. La justicia francesa condenó el pasado 26 de marzo a ocho años de cárcel a Txeroki, su tercera condena en Francia, e impuso cinco a Leire López Zurutuza.

Alega además el tribunal que el resto de pruebas impiden deducir la implicación de los dos absueltos: el hecho de que la llamada a los servicios de emergencia fuera realizada por una mujer no ubica a López, según la Audiencia Nacional, en la comisión o preparación del atentado. "La falta de prueba de su participación en los hechos lleva de modo directo a la absolución". La Fiscalía calificó los hechos como delitos de estragos y lesiones terroristas, y pedía 17 años de prisión.

Voto particular del juez que condenó a Lerín

La sentencia absolutoria cuenta con un voto particular contrario del juez Nicólás Poveda, uno de los magistrados que condenó a Lerín por estos hechos en 2008, que estima que los dos acusados debieron ser condenados tal y como solicitaba la Fiscalía. Según el magistrado, la sentencia actual no refleja que José Ángel Lerín nunca denunció torturas ni coacciones ni en sede policial ni en la fase de instrucción ni en el juicio, por lo que según su criterio el tribunal tendría que haber tenido en cuenta esas declaraciones como prueba de cargo.

 
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