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Economia y negocios | Actualidad

El Gobierno flexibiliza más el contrato a tiempo parcial

Permitirá que a este tipo de contratos se les pueda añadir un 90% de horas complementarias, frente al 60% actual

La vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría y la ministra de Empleo, Fátima Báñez, a su llegada a la rueda de prensa posterior a la reunión del Consejo de Ministros(EFE)

El Gobierno apuesta por hacer más atractiva para los empresarios la contratación a tiempo parcial ampliando el número de horas complementarias que pueden hacer los empleados con este tipo de contrato. La nueva regulación aprobada este viernes por el Consejo de Ministros propiciará que los empresarios puedan pedir a los trabajadores que hagan hasta un 90% más de horas respecto a su jornada ordinaria; hasta ahora, ese porcentaje era, como máximo, del 60%. Además, se reducen los periodos de preaviso con los que hay que notificar al trabajador esas ampliaciones de jornada.

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Hasta ahora, la ley permitía que los contratados a tiempo parcial pudieran hacer horas complementarias en cuantía de hasta un 15% de su jornada laboral ordinaria (aunque, por convenio, ese porcentaje se podía aumentar a un 60%). Con la nueva norma, el porcentaje base es del 30%, ampliable al 60% por convenio, siempre que el trabajador esté contratado al menos 10 horas semanales de promedio anual (estas horas reciben el nombre de "horas complementarias pactadas"). Pero además, los contratados a tiempo parcial indefinidos podrán realizar más horas complementarias: un 15% más, ampliables por convenio a un 30% (éstas se llaman "horas complementarias voluntarias").

Así, potencialmente, con la nueva regulación un contratado a tiempo parcial podría llegar a hacer horas complementarias en una cantidad equivalente al 90% de su jornada ordinaria, frente al 60% como máximo que permitía la anterior regulación.

Menos tiempo de preaviso

Además, la nueva norma reducirá el periodo de preaviso con el que el empresario tiene que notificar al trabajador la realización de las horas complementarias. Hasta ahora ese preaviso era de 7 días; a partir de ahora será de 3 días (en el caso de las horas pactadas) y no será necesario preaviso en el caso de las horas voluntarias. Así, el empresario podrá contar con más horas de trabajo adicional por parte de su empleado, y tendrá que avisarle con menos tiempo, o incluso no avisarle.

Como contrapartida, la nueva regulación del Gobierno elimina la posibilidad de que se puedan hacer horas extraordinarias en la contratación a tiempo parcial, y obligará a las empresas a tener un cuadrante de horas actualizado a disposición de la Inspección de Trabajo para combatir los abusos empresariales. Por otro lado, tal y como ya había anunciado el Gobierno, se permitirá hacer contratos de emprendedores (introducidos por la reforma laboral, fuertemente bonificados para el empresario) con jornada a tiempo parcial.

Más medidas

Fuera de lo referido a tiempo parcial, pero todavía en el marco de aumentar la flexibilidad horaria, el Consejo de Ministros ha aprobado ampliar la flexibilidad de las llamadas "bolsas de horas": el 10% de horas de trabajo de las que el empresario puede disponer para distribuir de forma irregular. Según la nueva regulación, la parte de este porcentaje que no se utilice en un año podrá emplearse durante el año siguiente.

Por último, entre las principales medidas del Real Decreto-Ley referidas a tiempo de trabajo, se incluye una modificación en la regulación de la reducción de jornada por cuidado de hijos. Hasta ahora, podían acogerse a una reducción de jornada de entre un octavo y la mitad del tiempo de trabajo (con reducción proporcional de sueldo) las personas que tengan "a su cuidado directo algún menor de ocho años". Con la nueva regulación, la edad del menor se amplía a los doce años, con el propósito -argumenta el Gobierno- de facilitar la conciliación de la vida familiar y profesional.

La norma incluirá asimismo una autorización a las ETTs para que puedan hacer contratos en prácticas, una posibilidad hasta ahora prohibida; se ajustarán las bases mínimas de cotización de los autónomos societarios y autónomos con más de 10 trabajadores, equiparándolas a las previstas para los trabajadores encuadrados en el grupo 1 de cotización al Régimen General (de forma que estos autónomos no puedan cotizar por cantidades inferiores a las que cotizan sus empleados), y se obligará a cotizar por retribuciones en especie percibidas por los asalariados por las que, hasta ahora, no se cotizaba a la Seguridad Social.

Fuentes de Empleo sostienen que, con todas estas medidas, "se ha abordado la hoja de ruta que el Gobierno se había planteado en relación con los ajustes requeridos por la reforma laboral". "La reforma laboral está hecha", subrayan desde el ministerio, mensaje que vienen enfatizando desde que se conociera que la OCDE recomendaba al ejecutivo español ir más allá en la reforma, abaratando y facilitando el despido.

  • <a name="despiece1"></a><b>El tiempo parcial, un contrato en precario (y en aumento)</b>
 
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