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LEY DE PROTECCIÓN A LA INFANCIA

Autoridades y funcionarios deberán denunciar los delitos contra menores

Los pederastas no podrán trabajar en contacto con menores de edad

La vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, y la ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, Ana Mato, durante la rueda de prensa posterior a la reunión del Consejo de Ministros, que ha aprobado varias modificaciones legales para p(EFE/Juan Carlos Hidalgo)

La vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, y la ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, Ana Mato, durante la rueda de prensa posterior a la reunión del Consejo de Ministros, que ha aprobado varias modificaciones legales para p

El caso del colegio madrileño de Valdeluz donde la Comunidad de Madrid no denunció los presuntos abusos a las alumnas por parte de un profesor a pesar de saberlo, no podrá volver a producirse según la nueva ley. Tampoco un pederasta podrá vivir enfrente de su víctima como está ocurriendo en Huelva. Los condenados por delitos sexuales no podrán acceder a profesiones que conlleven contacto habitual con niños. La nueva norma agilizará las adopciones y el acogimiento, regulará los reformatorios y tratará de limitar la concesion de custodias y visitas a padres maltratadores.

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La reforma legislativa que pone en marcha el Gobierno para la protección a la infancia contempla medidas para reforzar la protección del menor ante abusos sexuales, reformar la ley de violencia de género y cambiar los trámites para agilizar las adopciones y acogidas. Es el objetivo del anteproyecto de ley a cuyo texto ha tenido acceso la SER antes de que la ministra Ana Mato lo presentara en Moncloa este viernes.

La reforma de la Ley de Protección a la Infancia señala que "cualquier persona o autoridad que tenga conocimiento de la posible comisión de un delito contra un menor debe ponerlo en conocimiento del Ministerio Fiscal". Se presente evitar así nuevos casos como el del colegio madrileño Valdeluz donde la Comunidad de Madrid conoció los abusos sexuales contra las alumnas y no los denunció.

Además los condenados por delitos contra la libertad sexual o explotación de menores no podrán trabajar en contacto con menores, es decir, quedarán inhabilitados para profesiones relacionadas con la educacion, la sanidad o la proteccion social por ejemplo. Hay otra medida relacionado con otro caso reciente: el del pederasta de Huelva que vive enfrente de su víctima. La norma recoge que el juez podrá prohibir la aproximación del agresor al menor, a su domicilio, al colegio, y cualquier tipo de contacto incluido el visual

En cuanto a las adopciones, se crea una nueva figura la de la adopción abierta para que los menores puedan mantener contacto con sus padres biológicos, una figura que ya existe en países como Estados Unidos.

También por primera vez habrá un protocolo para las mujeres que dan en adopción a sus bebés nada más nacer en el hospital. Son 300 casos al año. A estas mujeres se les simplificarán los trámites y tendrán un plazo de seis semanas para firmar un único consentimiento.

Además, la reforma pretende que los menores de tres años vivan con familias de acogida y evitar así que ingresen en una residencia. También el menor podrá iniciar la convivencia con la familia adoptante antes de que haya una decisión definitiva del juez. Ahora mismo hay en las residencias 35.000 menores bajo tutela de la administración esperando ser adoptados. La reforma incorporará también una regulación sobre el funcionamiento de los centros a menores con trastornos de conducta después del demoledor informe del Defensor del Pueblo en el que descubrió graves abusos, malos tratos e irregularidades en el tratamiento a estos jóvenes.

En cuanto a la violencia machista, el Gobierno reforma la Ley Integral contra la Violencia de Género para que en el articulo 1 figuren como víctimas los hijos de la maltratada y se modifican también otros tres artículos para lograr que los jueces limiten la concesión de las custodias y el régimen de visitas a los padres maltratadores.

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