El Tribunal Supremo rebaja las condenas del clan de 'Los Gordos'
Absuelven a 6 de los 20 condenados y rebaja a 12 años de cárcel las condenas impuestas al matrimonio que lideraba este clan de traficantes de Valdemingómez

El clan estaba instalado en el poblado chabolista de Valdemingómez(POLICÍA NACIONAL)

El Tribunal Supremo ha decidido absolver por falta de pruebas a seis de los 20 condenados por formar parte del denominado clan de 'Los Gordos', el grupo de traficantes de droga del poblado madrileño de Valdemingómez. Los jueces también rebajan las condenas del resto de integrantes de este grupo familiar de traficantes de droga, dejando las penas del matrimonio que lideraba el grupo en doce años y siete meses de prisión.
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El denominado clan de 'Los Gordos', uno de los clanes familiares de traficantes de droga que operaba en el poblado madrileño de Valdemingómez, no era una organización criminal de narcotraficantes sino un grupo de gente dedicada al menudeo de drogas. Es el argumento utilizado por la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo para rebajar la condena de buena parte de los condenados, 13 del total de 20, por pertenecer a este clan de 'Los Gordos', desarticulado por la policía en octubre de 2011: su ámbito local de actuación (la Cañada Real) y lo incautado no ha podido demostrar que manejaran cantidades de droga especialmente importantes, tampoco con un sistema de blanqueo de dinero propio de una gran organización delictiva. Los jueces del Supremo, con criterio distinto al que aplicó la Audiencia Provincial de Madrid para condenarles, entiende que deben ser considerados como un grupo de personas dedicados al menudeo.
De esta manera, rebaja sus condenas al no aplicarles el agravante de pertenencia a organización criminal.
La rebaja más significativa es la que aplican a los patriarcas, al matrimonio que lideraba este grupo familiar de traficantes de droga: de 19 años y un mes de prisión, los jueces dejan sus condenas en 12 años y siete meses. El Tribunal Supremo deja las condenas de otros once acusados, condenados por la Audiencia Provincial de Madrid en inicio a más de diez años de cárcel, en ocho años de prisión, excepto en dos casos en los que son 9 y 8 años y medio respectivamente.
Seis absueltos por falta de pruebas
El Tribunal Supremo también absuelve a seis de los que fueran condenados por la Audiencia Provincial de Madrid, por entender que se les impuso una pena de cárcel sin que existieran pruebas suficientes para enervar su presunción de inocencia. Estos seis absueltos habían sido condenados a penas de entre cuatro y once años de cárcel. La sentencia del Tribunal Supremo mantiene intacta la condena de un año y medio impuesta a uno de los acusados por un delito de tenencia ilícita de armas.




