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El Poder Judicial estudiará un informe favorable a que los invidentes sean jueces

El órgano de gobierno de los jueces maneja un informe favorable a que el invidente Gabriel Pérez Castellanos pueda acceder a la carrera judicial, y también propone modificar la legislación

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial estudiará este martes el caso de Gabriel Pérez Castellanos, un joven invidente que quiere ser juez, y lo hará con un informe favorable sobre la mesa. El texto defiende que una persona ciega pueda ejercer como juez por entender que hoy en día la tecnología permite que una persona invidente acceda a la carrera judicial.

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El informe que tendrá mañana sobre la mesa la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial es contundente: una persona ciega puede ser juez si se saca las oposiciones. El texto, elaborado por el vocal Juan Manuel Fernández Martínez, después de estudiar el texto de la sección de selección del Poder Judicial, avala que una persona invidente pueda ser juez, por entender que la tecnología actual permite que una persona ciega examine todo tipo de documentos y lleve a cabo las funciones necesarias de un magistrado. Además, el informe también critica que la prohibición de que una persona con discapacidad acceda a la judicatura, el artículo 303 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, esté redactado de una forma genérica y no abra la puerta a excepciones.

El Poder Judicial estudiará mañana, con este informe sobre la mesa, el acceso de las personas con discapacidad a la carrera judicial a raíz del caso de Gabriel Pérez Castellanos, un joven vallisoletano que antes de ponerse a opositar preguntó al Poder Judicial si tenía alguna posibilidad de llegar a ser juez. En su primer intento se encontró con un informe negativo del órgano de gobierno de los jueces, pero la nueva composición del CGPJ ha llevado a la apertura de una nueva consulta con una propuesta incial favorable.

Según la documentación estudiada para elaborar este informe, "hoy en día existen múltiples instrumentos que permiten la lectura de escritos y el examen de documentos a personas invidentes, de modo que cualquier documento es fácilmente accesible en condiciones de inmediación de la persona invidente: la vista no es imprescindible". Además, también recuerda el informe que hoy en día es difícil encontrar una sentencia cuyo núcleo se base en pruebas relacionadas con la vista del juez: "No existe precepto legal que permita indagar en la veracidad de un testimonio partiendo de elementos apreciables por la vista como la postura corporal, un ademán o un gesto".

Una "consecuencia desproporcionada"

El informe sí reconoce que pueden exisitir situaciones en las que un juez invidente pueda tener dificultades para llevar a cabo su labor: contextos jurídicos cuando "la fuente de prueba sólo puede ser apreciable a través de la vista", como por ejemplo la apreciación de una deformidad física en forma de secuela, o la semejanza entre dos objetos en casos de propiedad industrial. Pero señala el texto que estas son situaciones puntuales y excepcionales, "que jamás o difícilmente se darán en determinadas jurisdicciones, y que en el resto no se van a dar con una frecuencia que impidan al juez invidente realizar la mayor parte de sus funciones".

Según el informe que manejarán mañana los vocales del Consejo General del Poder Judicial, basarse en estas limitaciones para denegar la entrada de una persona ciega a la carrera judicial sería una "consecuencia desproporcionada".

El informe propone tres reformas legislativas

El informe que estudiarán mañana los vocales también incluye varias propuestas para cambiar la actual legislación, para poder permitir y facilitar el acceso de personas ciegas a la judicatura "aprovechando además el momento actual de reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial". En primer lugar piden reformar el artículo 303 de esta Ley, al que acusa de impreciso por impedir "sin mayor consideración" que las personas con cualquier tipo de discapacidad puedan acceder a la carrera judicial. En segundo lugar, pone sobre la mesa una reforma del artículo 12 del Reglamento de Carrera Judicial, para permitir que un juez invidente o con cualquier tipo de discapacidad pueda elegir "aquella plaza que mejor se ajuste a su discapacidad, con las prevenciones y limitaciones proporcionadas procedentes". Por último, también propone reformar las normas necesarias para que un juez con discapacidad pueda ser sustituido cuando tengan que tratar un caso y no puedan hacerlo "en plenitud de condiciones a causa de su discapacidad".

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