El Constitucional ampara a una funcionaria discriminada por su condición de mujer
La funcionaria reclamó el pago de los atrasos no concedidos porque se tuvo que incorporar más tarde a su puesto de trabajo al coincidir con el parto
El Tribunal Constitucional ampara a una funcionaria que había sido discriminada por su condición de mujer. La funcionaria reclamó a la administración el pago de los atrasos que no se le habían concedido porque se tuvo que incorporar más tarde a su puesto de trabajo al coincidir con el parto.
Al coincidir la fecha del parto con el inicio de un curso selectivo obligatorio para tomar posesión de su plaza la funcionaria tuvo que posponer la realización del curso. Cuando se incorporó solicito a la comunidad de Madrid que se le reconociera con carácter retroactivo la misma antigüedad que a sus compañeros de promoción, solicitud que le fue denegada por los tribunales.
Más información
La Comunidad de Madrid, dice el Tribunal de Garantías, equiparó la maternidad a los supuestos de "fuerza mayor" al no existir una regulación específica de aquellos en los que el parto y/o la baja por maternidad imposibilitan la realización del curso.
Según el TC, el TSJM resolvió el recurso "como si se plantease una cuestión de mera legalidad ordinaria" y sin tener en cuenta "el problema constitucional inherente a la reclamación presentada".
Derechos de la mujer trabajadora
En consecuencia, afirma el Tribunal Constitucional, las decisiones de la Comunidad de Madrid y del TSJM "vulneraron el art.14 CE al no haber tenido en cuenta que la condición biológica y la salud de la mujer trabajadora ha de ser compatible con la conservación de los derechos profesionales, sin que la maternidad pueda producir ninguna desventaja. La minusvaloración o, como en este caso, el perjuicio causado por la maternidad, terminó materializando en el no reconocimiento de los derechos económicos y administrativos de la demandante de amparo con carácter retroactivo para equipararlos a aquellos obtenidos por sus compañeros de promoción, constituyendo un supuesto de discriminación por razón de sexo". El TC anula la sentencia del TSJM y declara firme la dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo que dio la razón a la funcionaria.
Javier Álvarez
Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en La Cadena SER donde esta vinculado a la sección de Justicia...