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El Gobierno preguntará al CGPJ cómo reducir aforados en el ámbito judicial

En España hay unos 10.000 aforados. 7.578 jueces y fiscales gozan de este privilegio junto a unos 2.000 políticos

El Gobierno está dispuesto a abrir ya ése debate para reducir el número de aforados que hay en nuestro país y lo hará a la vuelta de vacaciones, en septiembre, en el marco de las negociaciones políticas que se van a reanudar sobre el Plan de Regeneración Democrática. El Ejecutivo quiere que el órgano de gobierno de los jueces haga una propuesta. También los grupos parlamentarios para limitar el aforamiento de los políticos

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El ejecutivo va a iniciar una línea de trabajo en tres frentes. Primero, pedirá a los partidos que hagan sus propuestas sobre cómo se podría limitar el aforamiento de los diputados y senadores para que sólo tuvieran protección jurídica en las actuaciones que tengan que ver con "el ejercicio de su cargo". Actualmente disfrutan de una protección jurídica especial ante cualquier demanda civil que se presente contra ellos y ante cualquier querella o denuncia por una infracción penal. Es un tema muy complicado porque el blindaje de sus señorías está recogido en la Constitución. Fuentes del gobierno reconocen que sería necesaria una reforma constitucional y que éste no es el momento más oportuno en pleno desafío soberanista catalán.

En segundo lugar, se solicitará también al CGPJ que haga una propuesta formal sobre como reducir el número de aforados en el ámbito judicial. !Que sean los propios jueces los que marquen la pauta!, dice el gobierno

Y en tercer lugar, se instará a los ejecutivos autonómicos a que tomen la iniciativa también en sus comunidades autonómas revisando lo que hay contemplado en sus estatutos de autonomía.

Excesivo número de aforados en España

En España el número de aforados es sustancialmente elevado en comparación con otros países. Hay unos 10.000 mil aforados, 2.000 de ellos políticos, 7.578 jueces y fiscales. La Constitución reconoce éste derecho al presidente del gobierno, a sus ministros, a los presidentes del Congreso y del Senado, y a los diputados y senadores. Sólo pueden ser juzgados por el Tribunal Supremo. También gozan de ésta condición los presidente autonómicos y sus consejeros.Sólorespondenante el Supremo o ante los Tribunales Superiores de Justicia, de acuerdo a lo que determinen sus estatutos de autonomía.

En el ámbito judicial son aforados el presidente de la Audiencia Nacional y los presidentes del CGPJ, del Tribunal Supremo, del Tribunal Constitucional, y de los Tribunales Superiores de Justicia. Además, los vocales de éstos órganos judiciales, el Fiscal General del Estado y los jueces y fiscales del Supremo.

Cuentan también con éste privilegio los presidentes y consejeros del Tribunal de Cuentas, del Consejo de Estado, y el defensor del Pueblo

 
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