El Supremo avala la nulidad del ERE en la Agencia de Protección de Datos de Madrid
La Sala de lo Social en pleno aprecia fraude de ley, falta de causa legal e incumplimiento de los requisitos procedimentales y confirma la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid a favor de los 16 trabajadores
El despido colectivo afectó a toda la plantilla compuesta por 16 trabajadores y se consumó por extinción de la personalidad jurídica de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid. Según el Supremo, el despido se produjo "cuando dicha extinción jurídicamente todavía no se había producido".
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El Supremo confirma que no se entregó ningún documento contable sobre la situación económica y financiera de la Agencia, sino sólo una Memoria Explicativa, y que las causas concretas que justifican el despido colectivo no pueden ser sustituidas por la mera invocación a la mala situación de la economía en general, a la reducción del gasto en el sector público y al ahorro que supone la extinción
La Sala de lo Social declara la responsabilidad solidaria de la APDCA y de la Comunidad de Madrid y señala que antes de que por ley se extinga la agencia, "se toma la decisión de despedir colectivamente -con el incumplimiento palmario de los requisitos legales y procedimentales- a toda la plantilla de la misma para evitar que el órgano administrativo que asuma sus funciones tenga que hacerse cargo del personal".
Javier Álvarez
Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en La Cadena SER donde esta vinculado a la sección de Justicia...