Un espejo para la infanta Cristina
La Fiscalía y el abogado del Estado recurren para sentar en el banquillo a dos "administradoras formales" de una sociedad realmente controlada por sus maridos
Juana y Pepa se van a tener que sentar en el banquillo acusadas de dos delitos fiscales. Esta causa no tendría mayor interés si no fuera porque es muy parecida a la de la infanta Cristina pero con un final distinto. En contra de la postura que han mantenido el fiscal y el abogado del Estado con Aizóon, la empresa que comparten los duques de Palma, la Fiscalía ha alegado que las acusadas "no podían excusarse de sus responsabilidades alegando que no tenían ningún conocimiento de lo que ocurría". La única diferencia con el caso de la infanta es que en este sumario los maridos no figuraban como administradores de la empresa.
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Pepa y Juana se van a tener que sentar en el banquillo por haber defraudado al Fisco en los ejercicios del 2005 y 2006 casi 390.000 euros en el impuesto del IVA, a través de la empresa en la que "por indicación de sus maridos" figuraron formalmente como representantes legales. Una empresa, según el sumario, controlada por sus cónyuges hasta el punto de que ellas "nunca estuvieron en la sede social de la sociedad y su participación se redujo a firmar los documentos que ellos, los verdaderos directores de la misma, les presentaban". Estos argumentos llevaron al juez a archivar la causa respecto de ellas y a sentar en el banquillo a sus maridos pero tanto el fiscal como el abogado de Estado recurrieron. El juez rectificó su decisión y ahora la Audiencia de Barcelona la ha confirmado.
La fiscal señala en su escrito que al ser las administradoras de la sociedad "tenían las facultades necesarias y suficientes de control, el dominio de la acción y la obligación de llevar la contabilidad de la sociedad y efectuar las declaraciones del IVA". Añade que "no pueden excusarse de sus responsabilidades alegando que no tenían ningún conocimiento de lo que ocurría en la sociedad y firmaban lo que le ponían sus maridos porque no sirve como exculpación de la responsabilidad la confianza que se tenga en otras personas, por cuanto con esta forma de actuar se están colocando en una situación de ignorancia deliberada".
El abogado del Estado subraya que "no puede valorarse en esta fase del proceso si las acusadas eran o no conocedoras de sus responsabilidades legales, pues tal valoración corresponde al órgano encargado del enjuiciamiento de la causa".




