Jueves, 23 de Marzo de 2023

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Nueva ley procesal después de 132 años

El Consejo de Ministros aprueba el anteproyecto de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que sustituye a la de 1882

El ministro de Justicia, Rafael Catalá, durante una rueda de prensa.

El ministro de Justicia, Rafael Catalá, durante una rueda de prensa. / Marina Valero (EFE)

Diseñada por Camaño, redibujada por Gallardón y acortada por Catalá, la nueva Ley de Enjuiciamiento Criminal no gusta a las asociaciones porque no resuelve problemas como la sobrecarga de trabajo -más de 150% en algunos órdenes como social- al no aumentar la plantilla. La ley se deja atrás la prometida figura del fiscal instructor o la reducción del número de aforados y limita, como gran novedad, la investigación de los casos más complejos a 18 meses.

La diferencia sustancial entre los textos diseñados por Caamaño y Gallardón es que cambiaban por completo el sistema procesal con la intervención del fiscal como protagonista en la instrucción y, ahora, esta medida no va en el proyecto que aborda una reforma parcial por falta de tiempo para tramitarla en esta legislatura.

El nuevo texto limita el tiempo de instrucción de los delitos a seis meses, prorrogables a 18 con excepciones muy justificadas, por ejemplo, en los macroprocesos, que propone dividirlos en tantas causas como delitos. Una novedad que, según las asociaciones de jueces, no encaja con la realidad si no lleva aparejada un aumento de la plantilla. El anteproyecto prevé que por cada delito se abra un sumario, aunque todos estén conectados dentro de una misma macrocausa.

La ley amplía a un máximo de dos años la intervención de las comunicaciones, entre las que se incluyen mensajes SMS y correo electrónico. Además, incorpora la nueva jurisprudencia del Tribunal Supremo que prohíbe la grabación de conversaciones en dependencias policiales.

Cambia la denominación de imputado, trabaja por introducir la doble instancia penal, de forma que las sentencias dictadas en primera instancia por las Audiencias Provinciales puedan ser revisadas por las Salas de lo Civil y Penal de los Tribunales Superiores de Justicia.

Limita que las denuncias sobre hechos sin autor conocido lleguen a los juzgados y aboga por reformar el juicio rápido para los delitos de seguridad vial.

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