El Supremo reprocha a la Fiscalía el intento de modificar unos hechos probados en sentencia
El Ministerio Público había presentado recurso por una sentencia de incendio forestal por imprudencia al considerar que unas viviendas habitadas, situadas a 2 kilómetros de las llamas, estaban en peligro. Pero la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid no recoge que hubiera personas o viviendas próximas.


Madrid
Varapalo jurídico del Supremo a la Fiscalía que ha intentado incrementar la gravedad en un delito de incendio forestal sin existir razones para ello. Los hechos se remontan a septiembre de 2008 cuando unos técnicos de una empresa de telecomunicaciones provocaron un siniestro forestal pequeño en la localidad madrileña de Paracuellos del Jarama. Las chispas que saltaron de una sierra radial iniciaron el fuego.
El Ministerio Publico alegaba, como razón principal de su recurso el grado de proximidad del incendio a zonas pobladas. Y por eso ha señalado ante el Supremo que se produjo un desalojo de viviendas que estaban situadas a unos 2 kilómetros del foco de las llamas. Sus ocupantes, a juicio de la Fiscalía, estuvieron en peligro por la acción de los técnicos de telecomunicaciones.
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Este dato es el que ha llevado al Alto Tribunal ha aclarar que se trata de mucha distancia como para poner en peligro la vida de las personas, sobre todo cuando ya se habían actividado a los servicios de emergencia. Es decir, hubiera sido casi imposible que las llamas llegaran a zona habitada. No así el humo que llegó a intoxicar a un hombre.
Pero el Supremo advierte a la Fiscalía que ni siquiera en la sentencia condenatoria, dictada por la Audiencia Provincial de Madrid en 2012, constaba que hubiera viviendas cercanas ni que residieran vecinos en ellas. Por eso la sala de lo Penal concluye que la Fiscalía no puede ahora introducir unos datos que nunca han existido en el sumario para intentar con ello modificar el grado del delito de incendio forestal. El siniestro se originó como ha descrito el sumario y no como el Ministerio Publico ha creído entender.
Por cierto, los dos técnicos han sido condenados apenas de 6 y 9 meses de prisión y unos 15.000 euros por responsabilidad civil. Unas 10 hectáreas de monte bajo y rastrojos quedaron calcinadas por las llamas.

Alfonso Ojea
Licenciado en CC Información por la Universidad Complutense. Responsable de la sección de Tribunales...




