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El Supremo impide que los presos etarras vean reducidas sus condenas por cumplir prisión en el extranjero

La Sala de Lo Penal desestima por nueve votos frente a seis el recurso del terrorista Kepa Picabea que solicitaba que se le restaran 10 años de cárcel cumplidos en Francia

El etarra Kepa Pikabea.(EFE)

El etarra Kepa Pikabea.

Madrid

Tras más de cuatro horas de análisis y deliberación los quince magistrados que integran la Sala de lo Penal han decidido dictar doctrina sobre la polémica decisión marco de la U.E para restar años de prisión a aquellos internos que cumplieron penas privativas de libertad en otros países de Europa. España ya ha introducido este acuerdo en su ordenamiento interno.

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De cualquier modo, Kepa Picabea no obtendrá ningún beneficio penitenciario según esta decisión judicial que al haber sido adoptada en el seno de un pleno jurisdiccional obliga a revisar las excarcelaciones de etarras, principalmente Santi Potros y Alberto Plazaola. Esa revisión incluye todos los recursos que la ley concede en los procesos penales para que no se genere indefensión.

La Sala de lo Penal fija, por tanto, doctrina pero eso no significa que la cuestión acabe aquí porque el preso Kepa Picabea puede recurrir ante el Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo.

Los seis magistrados que se han mostrado en contra van a describir sus razonamientos jurídicos en un voto particular conjunto.

Alfonso Ojea

Alfonso Ojea

Licenciado en CC Información por la Universidad Complutense. Responsable de la sección de Tribunales...

 

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