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El Supremo deniega la nacionalidad a un marroquí por vinculaciones yihadistas

El Alto Tribunal hace suyas las conclusiones de varios informes policiales que sitúan al solicitante de nacionalidad como miembro activo de la organización islamista marroquí “Justicia y Caridad”

Parte de la fachada del Tribunal Supremo / EFE / EFE

Parte de la fachada del Tribunal Supremo / EFE

Madrid

La Sala de Lo Contencioso-Administrativo del Supremo estima que el solicitante no tiene suficiente arraigo en España lo que ha impedido su integración social.

Esa integración no se habría producido, según los informes técnicos y policiales entre otras cosas porque el recurrente es miembro de la Junta Directiva de la “comunidad islámica Ashorouk”, una de las asociaciones que formaría parte de la organización marroquí que pretende la instauración de la ley islámica en el reino alauita.

El Alto Tribunal señala en su fallo que la denegación de la nacionalidad por parte de la administración no afecta al principio de igualdad ni existe trato discriminatorio.

Tampoco, dice el Supremo “no se cuestiona en la sentencia recurrida el derecho a la libertad ideológica del recurrente o a sus derechos a la libertad de expresión y asociación, y sí su integración en la sociedad, requisito indispensable para la concesión de la nacionalidad”.

Alfonso Ojea

Alfonso Ojea

Licenciado en CC Información por la Universidad Complutense. Responsable de la sección de Tribunales...

 

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