El Supremo anula cinco condenas a miembros de Segi y reduce otras dos
El Alto Tribunal publica una sentencia que tritura el fallo condenatorio de la Audiencia Nacional
Madrid
La Audiencia Nacional ya juzgó entre 2014 y 2015 a 28 miembros de Segi, organización ilegalizada por ser un satélite de ETA. La Fiscalía retiró, en diciembre de 2014, la acusación contra 12 de ellos y finalmente, solo siete personas fueron condenadas. Y son esas siete las que han presentado recurso de casación ante el Supremo.
Ahora, en un fallo que supone todo un varapalo a la jurisdicción de Lo Penal de la Audiencia Nacional, el alto tribunal recuerda que para apreciar el delito de pertenencia a una organización terrorista, como es Segi, su jurisprudencia exige una militancia activa y no solamente la mera adscripción. Y por jurisprudencia en este caso que no falte porque es mucha y documentada.
En lo que se refiere a los acusados absueltos, El Supremo revisó los recursos de los reos el pasado 4 de noviembre y en la vista el fiscal asumió que la sala rebajara las condenas a seis años de cárcel por integración en la banda terrorista ETA que la Audiencia Nacional les había impuesto.