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Coleccionar armas de guerra no desactivadas lleva a la cárcel

El Tribunal Supremo confirma la pena de cinco años y tres meses para un vecino de Esplugues de Llobregat que guardaba en su casa revólveres, fusiles y una pistola-ametralladora que funcionaban perfectamente

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Madrid

El Tribunal Supremo ha confirmado la pena de cinco años y tres meses para un vecino de Esplugues de Llobregat que guardaba en su casa revólveres, fusiles y una pistola-ametralladora que funcionaban perfectamente

Las armas formaban parte de una colección personal de objetos de la Segunda Guerra Mundial. Una habitación del domicilio del condenado había sido habilitada como "museo" y allí lucían las armas de guerra.

Entre ellas, una pistola-ametralladora Astra de 7,65 mm, un calibre utilizado en conflictos armados, nunca por las fuerzas de seguridad. Su capacidad de penetración provoca unas lesiones típicas del frente.

Según la sentencia, el condenado es responsable penal de un delito de depósito de armas de guerra junto a otro de armas de fuego reglamentadas. En total, cinco años y tres meses de prisión, la misma pena que le impuso la Audiencia Provincial de Barcelona.

En el fallo, del que ha sido ponente el magistrado Andrés Palomo, el Supremo señala textualmente que "alguien familiarizado con las armas como el recurrente, sin necesidad de la convicción ulterior a los hechos del Reglamento de armas, comprende la lesividad potencial de cualquier arma de fuego fabricada en el siglo XX y la inviabilidad de obviar las necesarias exigencias de seguridad por su mera relación con un personaje o un hecho histórico".

Más adelante, la Sala de Lo Penal indica que no es posible "pensar que un arma de fuego utilizada en cualquier magnicidio acaecido en el siglo XXI, y que por esa condición adquiere relevancia histórica, pierde al adquirir ese calificativo, su capacidad lesiva y potencial peligrosidad".

Alfonso Ojea

Alfonso Ojea

Licenciado en CC Información por la Universidad Complutense. Responsable de la sección de Tribunales...

 

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