Caso Nóos: todas las condenas
Las penas se han quedado muy lejos de lo que solicitaba la Fiscalía
Madrid
Iñaki Urdangarin Liebaert ha sido declarado autor responsable de:
- Un delito continuado de prevaricación en concurso medial con un delito de falsedad en documento público y con un delito de malversación de caudales públicos, por el que se le condena a 2 años y 8 meses de prisión, a una multa de 7 meses y 17 días con una cuota diaria de diez euros y a 2 años y 7 meses de inhabilitación especial para empleo o cargo público autonómico y local de la Comunidad Autónoma de Baleares.
- Un delito de fraude a la Administración Pública, por el que se le condena a 7 meses de prisión y a 4 años y 6 meses de inhabilitación especial para empleo o cargo público autonómico y local de la Comunidad Autónoma de Baleares.
- Un delito de tráfico de influencias, por el que se le condena a 1 año de prisión.
- Un delito contra la Hacienda Pública, por el que se le condena a 1 año de prisión y a una multa del duplo de la cantidad defraudada (259.478,38 euros).
- Un delito contra la Hacienda Pública, por el que se le condena a 1 año de prisión y a una multa del duplo de la cantidad defraudada (253.075,30 euros).
La suma de las penas es la siguiente: 6 años y 3 meses de prisión, 7 años y un mes de inhabilitación especial y multa de 512.553,68 euros. También se le condena a la responsabilidad civil que figura determinada en el fallo de la sentencia cuya copia se adjunta.
Iñaki Urdangarin ha sido absuelto del resto de los delitos de los que estaba acusado.
Diego Torres Pérez ha sido declarado autor responsable de:
- Un delito continuado de prevaricación en concurso medial con un delito de falsedad en documento público y con un delito de malversación de caudales públicos, por el que se le condena a 3 años de prisión, a una multa de 7 meses y 17 días con una cuota diaria de diez euros y a 3 años y de inhabilitación especial para empleo o cargo público autonómico y local de la Comunidad Autónoma de Baleares.
- Un delito de fraude a la Administración Pública, por el que se le condena a 8 meses de prisión y a 5 años de inhabilitación especial para empleo o cargo público autonómico y local de la Comunidad Autónoma de Baleares.
- Un delito de tráfico de influencias, por el que se le condena a diez meses de prisión.
- Un delito contra la Hacienda Pública, por el que se le condena a 2 años de prisión y a una multa del triplo de la cantidad defraudada (1.034.305,86).
- Un delito de blanqueo, por el que se le condena a 2 años de prisión y multa del tanto al duplo del valor de los bienes blanqueados (689.537,24 euros).
La suma de las penas es la siguiente: 8 años y 6 meses de prisión, 8 de inhabilitación especial y multa de 1.723.843,10 euros. También se le condena a la responsabilidad civil que figura determinada en el fallo de la sentencia cuya copia se adjunta.
Diego Torres ha sido absuelto del resto de los delitos de los que estaba acusado.
Jaume Matas Palou ha sido declarado autor responsable de:
- Un delito continuado de prevaricación en concurso medial con un delito de falsedad en documento público y con un delito de malversación de caudales públicos, por los que ha sido condenado a 3 años de prisión, multa de 7 meses y 17 días a razón de una cuota diaria de diez euros y 3 años de inhabilitación especial para empleo o cargo público estatal, autonómico o local.
- Un delito de fraude a la Administración, por el que se le condena a 8 meses de prisión y a 4 años de inhabilitación especial para empleo o cargo público estatal, autonómico o local.
La suma de las penas es la siguiente: 3 años y 8 meses de prisión y 7 años de inhabilitación especial. También se le condena a la responsabilidad civil que figura determinada en el fallo de la sentencia cuya copia se adjunta.
Jaume Matas ha sido absuelto del resto de los delitos de los que estaba acusado.
José Luis Ballester Tuliesa ha sido declarado autor responsable de:
- Un delito continuado de prevaricación en concurso medial con un delito de falsedad cometida por funcionario público y con un delito de malversación de caudales públicos, por el que ha sido condenado a la pena de 9 meses y 2 días de prisión –que se sustituye por la pena de 18 meses y cuatro días de multa a razón de una cuota diaria de diez euros- y 1 años, 6 meses y 2 días de inhabilitación absoluta.
- Un delito de fraude a la Administración, por el que ha sido condenado a 6 meses de prisión –que se sustituye por la pena de 12 meses de multa a razón de una cuota diaria de diez euros- y a 3 años de inhabilitación especial para empleo o cargo público autonómico y local de la Comunidad Autónoma de Baleares..
La suma de las penas es la siguiente: 15 meses y 2 días de prisión –que se sustituyen por las penas de multa indicadas- y 4 años, 6 meses y 2 días de inhabilitación. También se le condena a la responsabilidad civil que figura determinada en el fallo de la sentencia cuya copia se adjunta.
José Luis Ballester ha sido absuelto del resto de los delitos de los que estaba acusado.
Gonzalo Bernal García ha sido declarado autor responsable de:
- Un delito continuado de prevaricación en concurso medial con un delito de falsedad cometida por funcionario público y con un delito de malversación de caudales públicos, por el que ha sido condenado a la pena de 9 meses y 2 días de prisión –que se sustituye por la pena de 18 meses y cuatro días de multa a razón de una cuota diaria de seis euros- y 1 años, 6 meses y 2 días de inhabilitación absoluta.
- Un delito de fraude a la Administración, por el que ha sido condenado a 6 meses de prisión –que se sustituye por la pena de 12 meses de multa a razón de una cuota diaria de seis euros- y a 3 años de inhabilitación especial para empleo o cargo público autonómico y local de la Comunidad Autónoma de Baleares..
La suma de las penas es la siguiente: 15 meses y 2 días de prisión –que se sustituyen por las penas de multa indicadas- y 4 años, 6 meses y 2 días de inhabilitación. También se le condena a la responsabilidad civil que figura determinada en el fallo de la sentencia cuya copia se adjunta.
Gonzalo Bernal ha sido absuelto del resto de los delitos de los que estaba acusado.
Juan Carlos Joaquín Alia Pino ha sido declarado autor responsable de:
- Un delito de falsedad documental cometida por funcionario público en concurso medial con un delito de prevaricación, por el que ha sido condenado a 1 años y 2 días de prisión –que se sustituye por la pena de 24 meses y 4 días de multa a razón de una cuota diaria de seis euros-, a una multa de 1 mes y 17 días a razón de una cuota diaria de seis euros y a 6 meses y dos días de inhabilitación especial para empleo o cargo público autonómico y local de la Comunidad Autónoma de Baleares.
Juan Carlos Joaquín Alia ha sido absuelto del resto de los delitos de los que estaba acusado.
Miguel Ángel Bonet Fiol ha sido declarado autor responsable de:
- Un delito de falsedad documental cometida por funcionario público en concurso medial con un delito de prevaricación, por el que ha sido condenado a 1 años y 2 días de prisión –que se sustituye por la pena de 24 meses y 4 días de multa a razón de una cuota diaria de seis euros-, a una multa de 1 mes y 17 días a razón de una cuota diaria de seis euros y a 6 meses y dos días de inhabilitación especial para empleo o cargo público autonómico y local de la Comunidad Autónoma de Baleares.
Miguel Ángel Bonet ha sido absuelto del resto de los delitos de los que estaba acusado.
El tribunal ha absuelto de los delitos de los que estaban acusados a Cristina de Borbón y Grecia y a Ana María Tejeiro Losada, declarando su responsabilidad civil en los siguiente términos:
- Cristina de Borbón y Grecia, en calidad de responsable civil a título lucrativo, responderá, conjunta y solidariamente con Iñaki Urdangarin, respecto de la responsabilidad civil de este último, hasta la cuantía de 265.088,42 euros.
- Ana María Tejeiro Losada, en calidad de responsable civil a título lucrativo, responderá, conjunta y solidariamente con Diego Torres, respecto de la responsabilidad civil de este último, hasta la cuantía de 344,934,31 euros.
Finalmente, el tribunal ha absuelto de los delitos de los que estaban acusados a:
- Miguel Tejeiro (absuelto por la retirada de la acusación)
- Marco Antonio Tejeiro Losada
El tribunal ha condenado a la acusación popular ejercida por Manos Limpias a satisfacer el 50 por ciento de las costas del juicio oral causadas a Ana María Tejeiro Losada y el total de las costas del juicio oral causadas a Cristina de Borbón y Grecia.
Todas las condenas del caso Nóos
Malversación de caudales públicos, prevaricación, falsedad en documento público y mercantil, estafa en concurso con falsedad, dos delitos fiscales, fraude a la administración y blanqueo de capitales.
Manos Limpias pide 8 años de cárcel como colaboradora necesaria de los dos delitos fiscales atribuidos a su marido. Indicios avalados por la Audiencia de Palma.
Malversación de caudales públicos, prevaricación, falsedad en documento público y mercantil, estafa en concurso con falsedad, delito fiscal, fraude a la administración y blanqueo de capitales.
Blanqueo de capitales.
Malversación de caudales públicos, falsedad en documento mercantil, estafa y blanqueo de capitales.
Malversación de caudales públicos, prevaricación, falsedad en documento público, y fraude a la administración.
Malversación de caudales públicos, prevaricación, falsedad en documento público, y fraude a la administración.
Malversación de caudales públicos, prevaricación, falsedad en documento público, y fraude a la administración.
Falsedad en documento público, y fraude a la administración.
Falsedad documental, prevaricación y fraude a la administración.
Fraude a la administración y malversación de caudales públicos en concurso con prevaricación y falsedad en documento público.
Prevaricación, malversación, fraude y tráfico de influencias.
Fraude a la administración y malversación de caudales públicos en concurso con prevaricación y falsedad en documento público.
Fraude a la administración y malversación de caudales públicos en concurso con prevaricación y falsedad en documento público.
Malversación de caudales públicos en concurso con prevaricación y fraude.
Malversación de caudales públicos, prevaricación, fraude, tráfico de influencias.
Malversación de caudales públicos, prevaricación, falsedad en documento público y mercantil, estafa en concurso con falsedad, dos delitos fiscales, fraude a la administración y blanqueo de capitales
La acusación popular pide 3 años de cárcel.
Blanqueo de capitales.