La Justicia niega la tarjeta de residencia a un hombre condenado por maltrato y homicidio
El Tribunal Superior de Madrid rechaza el recurso de un hombre contra la decisión de no otorgarle la residencia en España tras más de una década viviendo aquí: fue condenado por maltrato y también por el apuñalamiento de un hombre en Villaverde
Madrid
La Justicia española ha decidido no otorgar la tarjeta de residencia a un hombre condenado por maltrato e intento de homicidio. En una sentencia, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha rechazado el recurso interpuesto por este hombre de origen dominicano, apuntando a sus antecedentes penales y asegurando que constituye “una amenaza real, actual y suficientemente grave” para la sociedad.
Según explica la sentencia, el hombre tiene dos sentencias en su historial. Una primera, dictada en julio de 2005 por un juzgado de instrucción de Madrid, le impuso cuatro meses de cárcel por un delito de “violencia doméstica y de género, lesiones y maltrato familiar”, además de prohibirle acercarse a la víctima durante más de un año.
Una segunda sentencia, dictada por la Audiencia Provincial de Madrid en diciembre de 2011, le impuso cinco años y nueve meses de cárcel por robo con violencia y homicidio en grado de tentativa.
<p>La víctima del apuñalamiento habría fallecido si no hubiese recibido asistencia médica, según la sentencia</p>
Según esa resolución, un joven fue apuñalado en el cuello en el distrito madrileño de Villaverde en octubre de 2009 cuando tres hombres intentaban robarle una bolsa en la que llevaba varias cervezas: uno de los agresores, el que entregó la navaja al autor de la cuchillada, era el ahora solicitante de residencia.
“Una amenaza real, actual y suficientemente grave”
Primero fue la Delegación del Gobierno en Madrid, dependiente del Ministerio del Interior, la que decidió negarle la tarjeta de residencia, en una decisión ahora avalada por el Tribunal Superior de Justicia de la capital. Explican los jueces que, vistos sus antecedentes, “constituye una amenaza real, actual y suficientemente grave que afecta a un interés fundamental de la sociedad”: los delitos por los que ha sido condenado suponen “un grave desprecio para la vida de las personas que debe reputarse como una clara amenaza”.
El hombre alegaba, entre otras cosas, que tiene dos hijos y que vive empadronado en nuestro país desde 2001: los magistrados de lo contencioso-administrativo añaden a este respecto que “no puede obviarse el hecho de que los delitos se hubieran cometido ya incluso con la presencia de sus hijos nacidos en España, lo que denota una absoluta falta de respeto a los mismos”, afirmando también que “ni su existencia ha determinado al recurrente a respetar las mínimas normas de convivencia”.
El caso no está totalmente cerrado: fuentes de la defensa del hombre aseguran a la Cadena SER que han llevado el caso ante el Tribunal Supremo.
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