Sin visado no hay familia
La Embajada de España en Guinea Conakry deniega los visados para la reagrupación familiar de “más de medio centenar” de residentes en nuestro país
Guineanos que llevan muchos años instalados y que logran la autorización para reagrupar a sus seres queridos denuncian que “el mismo gobierno que concede la residencia impide que vengan al negarles el visado”
La asociación de guineanos en España lo califica de “drama social”
El Ministerio de Exteriores afirma que la embajada en Conakry no ha cambiado el criterio de concesión de visados y que se limitan a aplicar la normativa
Madrid
“Estoy aquí solo porque no tengo a mi familia, mi familia está en Guinea, no hay ningún familiar cerca y llevo viviendo en España desde 2006, estoy trabajando y la ley me da derecho a intentar reunirme con ellos aquí. Lo que quiero es traer a mi mujer, por lo menos estar con mi mujer si no puedo traer el resto de la familia, por lo menos tenerla cerca a ella que además está embarazada. Estoy de forma legal en España trabajando, por lo menos que me concedan eso, es lo mínimo que pido” reclama Mamadú Aliou Sall, en declaraciones a la Cadena SER.
Este taxista de 34 años, que lleva más de 11 años residiendo en España y que llegó a nuestro país a bordo de un cayuco en el verano de 2006 no se explica cómo el mismo gobierno, que tras más de dos años de arduos trámites burocráticos le ha concedido la reagrupación familiar para traer a su esposa, le niega ahora el visado para que una vez autorizada su residencia en España pueda viajar hasta aquí para instalarse.
La Delegación del Gobierno en Madrid, donde reside, le acabó concediendo la reagrupación familiar, envió toda la documentación a Conakry pensando que lo más difícil ya estaba superado pero la sorpresa fue que al solicitar el visado para su mujer volvió a comenzar un largo periplo que ha acabado con dos negativas a su solicitud. Al agotar la vía administrativa tras recurrir la primera denegación del visado ante la legación española en su país, ha acudido a la vía judicial para exigir el visado ante el órgano competente, en este caso el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
“Mamadú no podrá ver nacer a su hijo porque cuando nos conteste el tribunal su mujer ya habrá dado a luz” denuncia su abogada, Sonia Rello, quien asegura que tiene varios casos de guineanos en las mismas circunstancias, aunque pocos se atreven a recurrir a la vía judicial. La mujer de Mamadú está embarazada de 5 meses pero la respuesta del Tribunal no se espera a corto plazo, “hemos interpuesto un recurso ante Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que esperemos que sea favorable, pero esto no va a evitar que el marido no pueda ver nacer a su hijo” insiste la experta en extranjería.
"Alegan que no hemos firmado toda la documentación"
“Me dieron muchos problemas, tantas idas y vueltas, presenté la documentación allí en la embajada, la tuvieron durante medio año y me contestaron de forma no favorable sin motivo justificable porque yo toda la documentación que me han pedido la he aportado. Alegan que uno de nosotros, sin precisar cual, no ha firmado bien en toda su documentación. Dicen que el Ayuntamiento de Conakry donde nos casamos no es de fiar, que las instituciones no son de fiar, sin embargo ellos mismos en la embajada antes que yo trajera la documentación aquí para presentarla previamente estaba legalizada en la embajada y vuelven a decir que la documentación es falsa” se queja Mamadú, que repite una y otra vez como la misma embajada que certificó la documentación sobre el matrimonio, que luego trajo a España para presentarla en Madrid, ahora la rechaza.
“La embajada española en Guinea está dando muchos dolores de cabeza, tengo muchos conocidos y amigos cercanos que también tienen el mismo problema, no dan el visado aunque tengas todo en regla, no sé por qué” lamenta este joven que cuenta con residencia de larga duración en nuestro país.
Sall recurrió ante la embajada la primera denegación del visado pero desde el consulado le respondieron de nuevo de manera negativa, “no puedo traer a mi mujer porque según la Delegación de Gobierno de Madrid es la embajada la que tiene la última palabra, entonces si la embajada dice que no es no. Pero no veo por qué me tienen que denegar los papeles de mi mujer mientras que toda la documentación aportada es una documentación legal. Insisto en que la documentación está legalizada previamente la embajada antes de presentarlo aquí, por eso aquí España me autoriza a traer a mi mujer pero allí en Guinea lo bloquean”, denuncia este joven que se ha visto obligado a recurrir ante los tribunales.
"Miedo a denunciar"
“A mucha gente cuando les hablas de que existe la posibilidad de denunciar o de hacer público lo que está pasando pues tienen miedo pero no sé por qué. Creo que España es un país democrático y puedes decir lo que quieras, no es como otros países, por eso yo digo lo que me pasa. Allí la embajada, le digo, que lo que hacen a mí me extraña. Tengo mis amigos aquí que están en el mismo proceso pero en el último año no sé quién ha llegado a la Embajada pero no he visto a nadie que yo conozca que le hayan dado un visado para reagrupación familiar” afirma Mamadú.
En la Delegación del Gobierno en Madrid tardaron solo dos meses en contestarle de forma favorable después de traer la documentación del matrimonio formalizado en Guinea. Después reenvió la documentación a la embajada en Guinea con el permiso de residencia que le concedían a su mujer, 6 meses después le contestaron de forma negativa. Presentó recurso y casi 4 meses después la respuesta volvió a ser una denegación.
La abogada rechaza los argumentos esgrimidos por los encargados de otorgar los visados en el consulado español en Conakry, “el consulado le deniega al principio por el tema de las firmas, no las consideraba verdaderas. Presentamos el recurso con un informe pericial que dice que son auténticas y cuando nos contesta ya no dice nada de las firmas ahora nos dicen que el matrimonio no es real porque la mujer no sabe en qué fecha vino su marido a España por primera vez. El marido lleva en España más de 11 años y cuando él llegó aquí no eran pareja con lo cual parece que el que ella no sepa en qué fecha vino España tampoco es un dato muy relevante” denuncia Sonia Rello.
Casos recurrentes desde 2016
Esta abogada bregada en múltiples casos de extranjería y asilo afirma que tienen documentados casos como el de Mamadú desde el año 2006 y que cinco han querido acudir a la vía de los tribunales, “hace tiempo venimos observando que el Consulado de España en Guinea niega sistemáticamente los visados de reagrupación familiar a pesar de que la autorización de reagrupación ha sido concedida por España. Lo que ocurre es que dudan de la veracidad del matrimonio incluso cuando hay hijos en común o cuando las mujeres están embarazada. Muchos otros tienen miedo a poner recursos o quejas ante el temor de que les denieguen los permisos” afirma Rello que además ha presentado varias quejas en nombre de sus clientes ante el Defensor del Pueblo. Una institución que en sus informes anuales suele enumerar las denuncias recurrentes de los extranjeros residentes en España sobre las dificultades para la reagrupación familiar.
El perfil de los que acuden a su despacho en busca de ayuda se repite, “ciudadanos que tienen residencia permanente de larga duración en España, todos ellos están trabajando, llevan ya muchos años aquí y al intentar reagrupar a sus mujeres e hijos presentan la documentación en la Delegación de Gobierno, en este caso de Madrid, la Delegación de Gobierno concede la residencia a sus familias por reagrupación familiar, ya que reúne todos los requisitos que exige la Ley de Extranjería. Pero en la Embajada de España en Guinea se les deniega sistemáticamente los visados para que puedan venir a nuestro país. La mayoría de los casos lo que aduce el consulado es que o bien no se acredita el vínculo de parentesco, es decir no han acreditado que son sus hijos a pesar de existir las partidas de nacimiento o que las firmas de los contrayentes bien del marido bien de la mujer no coinciden con otros documentos” detalla Rello.
El de Mamadú pone nombre a “otros muchos casos, como el de un matrimonio en el que se pretende la reagrupación de la mujer y la hija y se ha denegado también e incluso se ha llegado a dudar de que la niña sea hija del padre con la dificultad que supone practicar una prueba de ADN. Aunque la hemos presentado. Entonces, obviamente el consulado conoce todas estas dificultades y por eso utilizas estos argumentos para denegar” denuncia Rello.
“Hay más de 50 afectados”, según la asociación de guineanos en España
La Asociación de Guineanos Residentes en España (AGUIREM), tiene documentados “muchos casos” similares de ciudadanos de Conakry separados de sus familias por esta política de visados, “es un drama social para los guineanos de Conakry en España. El embajador español en Guinea está negando los visados a la gente sin ninguna prueba. Tantos viajes que tenemos que hacer para los papeles, un billete de avión de aquí para Guinea Conakry es muchísimo dinero y todo esto no es nada fácil” denuncia en la SER , el presidente de esta asociación Mamadú Diallo .
Piden al Ministerio de Exteriores español que adopte medidas urgentes para desbloquear esta situación, “lo único que estamos pidiendo al Ministerio de Asuntos Exteriores es que tomen las medidas correctas para que terminen con este drama social. Que haga que el embajador ponga fin a lo que está haciendo y que daña a tantas familias de guineanos residentes en España, que arregle este asunto” demanda Diallo.
“No son casos puntuales, pasa de más de 50 personas que sepamos. Hay casos en Madrid, en Cataluña , conozco aquí gente también en País Vasco y en Andalucía” detalla el representante de esta asociación de guineanos.
Exteriores niega que haya cambiado su política de visados en Guinea Conakry
La SER se ha puesto en contacto con el Ministerio de Exteriores para recoger su versión sobre esta denuncia pública a la que responden describiendo la normativa vigente. Según estas fuentes del departamento que dirige Alfonso Dastis "no hay ningún cambio de criterio en Guinea Conakry, se sigue la ley como en cualquier sitio, es la normativa que tiene que seguir el consulado” afirman.
Insiste en que hay que “diferenciar entre la autorización de residencia temporal que se tramita en España, que tiene en cuenta situación del reagrupante que reside en nuestro país, y otra cosa es la autorización del visado, que lo solicita el reagrupado. La autorización de residencia temporal no implica la concesión del visado de manera automática, son procedimientos distintos que se valoran de manera distinta” argumentan desde Exteriores.
“El consulado tiene que verificar que se cumplen las condiciones del Real Decreto 557/2001 por el que se establece el reglamento de Extranjería. El artículo 56 especifica la tramitación de la residencia temporal que se tramita en España y el 57 lo referente al visado. En el 57.2 exige requisitos, documento de viajes, no tener antecedentes penales, el parentesco con la persona que le reagrupa en España. La denegación está motivada por esos argumentos. Cada caso se ve en función de sus propias características y documentación aportada. La resolución del Consulado informa de las posibilidades de recurso y plazos, y si se vuelve a denegar se explica la posibilidad de acudir a la vía contencioso administrativa" explican estas fuentes gubernamentales españolas.
La abogada, con amplia experiencia en estos contenciosos, lamenta que “el gobierno responda de manera tan oficial y burocrática, sin hacer frente a una situación que se da especialmente en Conakry y que deberían resolver de manera urgente, porque no puede haber dos formas de aplicar la ley, una en España y otra en nuestras embajadas” sentencia Rello.
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