Tribunales
Desempleo femenino

Una sentencia pide "perspectiva de género" en las ayudas públicas al desempleo

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en una sentencia con Gloria Poyatos como ponente, obliga al SEPE a otorgar la Renta Activa de Inserción a una mujer en paro, explicando que es una ayuda con "evidente impacto de género"

Manifestantes el pasado 8M en Donosti / Juan Herrero EFE

Madrid

Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias exige "perspectiva de género" a la administración pública a la hora de otorgar o negar ayudas públicas al desempleo como la Renta Activa de Inserción (RAI). El tribunal ha resuelto el caso de una mujer a la que el Servicio Público de Empleo (SEPE) había negado esta ayuda y recuerda que es un subsidio con un "incuestionable impacto de género".

Según aseguran a la SER fuentes del caso, la solicitante había trabajado para una empresa de empaquetado de tomates en las islas a finales de la década de los setenta, y había dejado de trabajar después de casarse, cobrando subsidio por desempleo a finales de los ochenta. El SEPE le negó el derecho a cobrar la Renta Activa de Reinserción después de haberla percibido en 2012 y en 2015 alegando que incumplía uno de los requisitos: haber extinguido una prestación anterior por desempleo.

En un primer momento, un juzgado de lo social de Las Palmas dio la razón a la administración y ahora es el Tribunal Superior de Justicia de Canarias el que obliga a dar acceso a estas ayudas a la mujer, aplicando lo que denomina una "perspectiva de género" y poniendo de relieve el "incuestionable impacto de género" que tiene esta prestación.

La sentencia, dictada por María Jesús García, Humberto Guadalupe y la ponente Gloria Poyatos, recuerda que la RAI está contemplada, entre otras, a mujeres víctimas de violencia machista, y que "su interpretación y aplicación debe realizarse con perspectiva de género como metodología de impartición de justicia". Para la resolución, todavía recurrible, la RAI "tiene un evidente impacto de género, por lo que una interpretación descontextualizada e inflexible tendría un perjuicio negativo que afectaría mayoritariamente a las trabajadoras, que soportan mayor desempleo en relación a los hombres, así como una brecha salarial y de pensiones notoria".

Víctimas de violencia machista

La Renta Activa de Reinserción es ofrecida a aquellas personas en paro menores de 65 años, sin empleo, con unos ingresos por debajo del Salario Mínimo Interprofesional y será de más fácil acceso a las víctimas de violencia machista o a personas con hijos con discapacidad. En este caso, la sentencia considera que aunque esta mujer cobrase el subsidio por desempleo en la década de los ochenta "la literalidad de la norma no se contiene ninguna referencia expresa a que la extinción de las prestaciones por desempleo o en su caso el subsidio, se deba producir de forma inmediata a la petición de la RAI". 

La sentencia recuerda que estamos "ante una prestación social de ayuda a personas con dificultades económicas y especiales problemas de inserción en el mercado laboral, pues la RAI incluye entre los colectivos protegidos a las víctimas de violencia de género o doméstica, personas discapacitadas o emigrantes retornados" y que, además, para cuando se le negó la ayuda, ya le había sido otorgada en dos veces anteriores, "por lo que su resolución denegatoria va contra sus propios actos".

Manifestantes durante el día de la mujer de 2017 / EFE

Una lectura de estos subsidios sin tener en cuenta la perspectiva de género, sigue la sentencia, "estaría contribuyendo a perpetuar las asimetrías laborales existentes entre mujeres y hombres en un mercado de trabajo en el que siguen imperando importantes brechas de género entre trabajadoras y trabajadores", dice la resolución.

 
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