El Supremo fija más de 1.500 millones en indemnizaciones por el 'Prestige'
El alto tribunal dicta sentencia definitiva por la responsabilidad civil después del desastre
La indemnización debe repartirse entre el Estado español, el francés, la Xunta y 269 afectados
Madrid
Sentencia definitiva sobre las consecuencias económicas del desastre del 'Prestige'. El Tribunal Supremo ha establecido más de 1.500 millones de euros en indemnizaciones a repartir entre España, Francia, la Xunta de Galicia y 269 afectados más entre particulares, empresas, mancomunidades, ayuntamientos y sociedades.
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La sentencia explica que los responsables civiles, que deben hacerse cargo de las indemnizaciones, son el Fondo Internacional de Indemnización de Daños debidos a Contaminación por Hidrocarburos (FIDAC), el capitán del buque Apostolos Mangouras - condenado además a dos años de cárcel - y la aseguradora London Owners Mutual. La propietaria del barco, Mare Shipping, es considerada responsable subsidiaria.
Se trata de la última palabra de la Justicia española sobre el aspecto económico de la sentencia en torno a este desastre medioambiental ocurrido ahora hace 16 años en las costas gallegas. La sentencia también especifica que todas las indemnizaciones deben incluir los intereses por daños y perjuicios.
La sentencia del Tribunal Supremo, con Andrés Martínez Arrieta como ponente, modifica algunos aspectos establecidos en un primer momento por la Audiencia de Coruña. En el caso de los estados español y francés se incluye el IVA pagado en tareas de reparación, que en el caso de España asciende a 43,6 millones de euros. Además explica que de la cantidad reconocida a España no se puede descontar por ejemplo las ayudas recibidas de fondos comunitarios.
En el caso de España y Francia, por ejemplo, los jueces entienden que se debe pagar también el IVA derivado de los servicios contratados: "Lo ha pagado, y es consecuencia directa del hecho generador de la indemnización", dicen los jueces. En el caso de la Xunta, los jueces aceptan parte del recurso del FIDAC y rebajan la cantidad en 750.000 euros hasta los 1,1 millones por la "puesta a punto de las instalaciones de Sogarisa" que "no fue oportunamente deducida ante el tribunal al tiempo de la pretensión por responsabilidad civil y, por lo tanto, su concesión vulnera al principio de rogación".