El Constitucional anula un desahucio por clausulas abusivas
El Tribunal Constitucional abre la posibilidad de que un desahucio pueda anularse si el contrato contiene una cláusula abusiva
Madrid
El Tribunal de Garantías ha concedido el amparo a una mujer y ha anulado la orden del juez para desalojarla de su hogar por el impago de la hipoteca. El pleno del Constitucional determina que la existencia de una cláusula abusiva (la cláusula de vencimiento anticipado) en su contrato para la compra de la vivienda tendría que haber sido analizada de oficio por el juez y, por ello, la declara nula en aplicación de la Doctrina Europea.
Los jueces sientan precedente, por primera vez, porque abren indefinidamente la posibilidad de que el ejecutado por no pagar la hipoteca pueda oponerse al desahucio en caso de que exista una cláusula abusiva, a no ser que el magistrado se hubiera planteado ya el carácter abusivo.
El pleno del Constitucional sentencia que ha sido vulnerado el derecho a la tutela judicial efectiva de la demandante porque el juzgado no revisó de oficio la posible abusividad de la cláusula y, en consecuencia, ordena, restablecer los derechos y retrotraer las actuaciones al momento inmediatamente anterior a la orden de desahucio para que el órgano judicial dicte una nueva sentencia respetuosa con el derecho
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Piso en Madrid
Cruz X. G. solicitó en Octubre 2013 al juzgado de primera instancia 32 de Madrid que paralizara una orden de desahucio solicitada por Bankia. El juzgado le denegó la petición y cuatro años después cuando se iba a proceder a su desalojo, reclamó al juzgado que revisara el contrato de compraventa porque podría existir una cláusula abusiva
En 2017, el juez de primera instancia le deniega la solicitud porque existían varios defectos procesales, entre otros porque consideró la petición extemporánea o porque no lo podía examinar de oficio. La mujer decidió solicitar amparo al Constitucional y este ha determinado concederlo.
El pleno considera que “el Juzgado de Primera Instancia núm. 32 de Madrid, debió admitir el incidente y conocer de la posible abusividad de la cláusula. En definitiva, al no atenerse a la Directiva del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en la sentencia de 26 de enero de 2017, infringió el o principio de primacía del Derecho de la Unión al prescindir por su propia, autónoma y exclusiva decisión, de la interpretación impuesta e incurrió, por ello, en una interpretación irrazonable y arbitraria de una norma aplicada al proceso, con lo que consiguientemente, vulneró el derecho a la tutela judicial efectiva de la recurrente”.
Trascendencia constitucional
Los magistrados consideran este caso como un asunto trascendente porque plantea una cuestión jurídica de relevante y general repercusión social y económica. Se desprende así “que las cláusulas cuyo eventual carácter abusivo no haya sido aún examinado en un anterior control judicial del contrato controvertido concluido con la adopción de una resolución con fuerza de cosa juzgada, deben ser conocidas por el juez nacional, bien a instancia de parte o de oficio. Como apunta el Fiscal, lo determinante es si el juez estaba obligado al examen de oficio y cuál es el momento en que este examen le era exigible”.
Voto particular
Un voto particular del magistrado Ricardo Enríquez se muestra contrario a la concesión del amparo porque la persona a quien se ejecutó la hipoteca desaprovechó los trámites que tenía y espero cinco años a recurrir su abusividad. El magistrado considera que “se sienta con ello una doctrina cuyas consecuencias generales, de mantenerse en estos términos en los demás recursos de amparo de esta serie, serán perjudiciales para nuestro sistema de justicia civil ejecutiva”.
Cláusula de vencimiento anticipado
Es un apartado en un contrato de préstamo con garantía hipotecaria que permite a la entidad bancaria resolver el contrato cuándo el hipotecado incumpla con alguna de sus obligaciones. Principalmente se refiere al impago de una o varias cuotas, que permitirá a la entidad resolver el contrato y exigir la devolución de la totalidad del capital restante.
Javier Álvarez
Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en La Cadena SER donde esta vinculado a la sección de Justicia...