Tribunales
Caso discos duros PP

El juez absuelve al PP de la destrucción de los ordenadores de Bárcenas por falta de pruebas

El magistrado Eduardo Muñoz Baena también exonera al resto de acusados del delito de daños informáticos

Las acusaciones populares ya han anunciado recurso ante la Audiencia Provincial

El extesorero del PP Luis Bárcenas / Pablo Blázquez Domínguez Getty Images

Madrid

El titular del juzgado número 31 de Madrid, Eduardo Muñoz Baena, no ha creído la versión del extesorero Luis Bárcenas, quien afirmó que guardaba elementos muy relevantes sobre la caja b del PP en los ordenadores que fueron destruidos por esta formación política, y absuelve al Partido Popular, primera formación política que en Democracia se sentaba en el banquillo con una acusación penal.

En esta causa, el Partido Popular como persona jurídica estaba acusada por un delito de daños informáticos, y es absuelto según el juez porque ha quedado probado que uno de los dos ordenadores pertenecía a la formación política y respecto al otro, se desconoce si era del PP o de Luis Bárcenas, o que los discos duros destruidos hubieran almacenado algún dato o archivo en el momento en el que fueron borrados, así como la relevancia de los mismos.

El juez también absuelve al abogado del PP, Alberto Durán, a la extesorera Carmen Navarro y al informático José Manuel Moreno de los delitos de daños informáticos y encubrimiento, porque no ha quedado acreditado que tuvieran intención de sabotear la investigación de la caja b del PP que se estaba desarrollando en la Audiencia Nacional, cuando decidieron destruir los ordenadores.

El juez entiende que en este juicio era aplicable la doctrina Botín, pero aún así analiza los hechos y emite sentencia, para evitar a la Audiencia Provincial un nuevo juicio en caso de un posible recurso y de que los magistrados rechazasen la aplicación de esa doctrina, que establece que nadie puede ser acusado ante la ausencia de acusación particular o fiscalía, como era el caso.

La doctrina Botín, al entender del juez, solo era aplicable en el caso del delito de daños informáticos, único por el que era acusado el PP, pero no para el resto de procesados, quienes además sumaban el delito de encubrimiento.

Acusaciones populares como la de Izquierda Unida ya han anunciado que recurrirán en apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid.

 
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