El Supremo anula la condena a Atutxa
Asume la sentencia del TEDH que entendió que el expresidente de la cámara vasca no había tenido un juicio justo
Madrid
El Tribunal Supremo ha anulado la condena por desobediencia que impuso en 2008 a Juan Mari Atutxa, expresidente del Parlamento Vasco, por no disolver el grupo parlamentario de Sozialista Abertzaleak.
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El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) condenó a España en junio de 2017 por no dar un juicio justo a Atutxa y a otros exmiembros de la Mesa del Parlamento vasco, Kontxi Bilbao y Gorka Knorr. Consideró el TEDH que se vulneró su derecho a un juicio equitativo y obligó a España a indemnizarles con un euro - lo solicitado - y a pagar 600 euros de costas.
Los condenados presentaron un recurso de revisión ahora estimado por el Tribunal Supremo contra la sentencia de la que fue ponente en su momento Manuel Marchena, hoy presidente de la sala de lo penal.
Doctrinas Atutxa y Botín
La conocida como 'doctrina Atutxa' fue avalada por el Tribunal Constitucional en diciembre de 2013 y vehiculó la condena de Juan Mari Atutxa, expresidente del parlamento vasco, por un delito de desobediencia al no disolver el grupo Sozialista Abertzaleak. El Tribunal Supremo, cinco años antes, estableció que Atutxa sí podía ser llevado al banquillo con la sola presencia de acusaciones populares al entender que el delito del que estaba acusado afectaba al conjunto de la sociedad.
Aquella sentencia supuso, por tanto, una matización de la conocida como 'doctrina Botín' según la cual un caso no podía llegar a juicio si la acusación era impulsada sólo por una acusación popular. En ese caso, el banquero Emilio Botín fue exonerado de ser juzgado en 2006 en un caso de concesión de créditos al no ser acusado ni por la Fiscalía ni por ninguna acusación particular