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Quim Torra

La Fiscalía avala que se suspenda la inhabilitación de Torra hasta que su condena sea firme

El fiscal Pedro Crespo no se opone a que el Supremo estime la medida cautelar pedida por Torra

La Junta Electoral ha establecido la inhabilitación del president como diputado del Parlament tras su condena por desobediencia

El presidente del Govern catalán, Quim Torra. / Bernat Vilaró (ACN)

Madrid

La Fiscalía ha pedido al Tribunal Supremo que suspenda de forma cautelar la inhabilitación del president Quim Torra hasta que su inhabilitación por el caso de los lazos amarillos sea firme. En un escrito, el Ministerio Público pide aceptar la petición de medidas cautelares del president catalán explicando que si prevalece la inhabilitación dictada por la Junta Electoral y finalmente el Supremo le da la razón por la vía penal ya sería demasiado tarde.

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En el escrito, adelantado por la Cadena SER, el fiscal Pedro Crespo explica que "nada impide" asumir esa petición ante "las probabilidades de que la pretensión del recurrente pueda resultar total o parcialmente viable" pero que "las posibilidades de que un fallo favorable a su tesis pueda verse plenamente privado de plena eficacia" si para entonces ya ha sido inhabilitado.

El president fue condenado a pena de inhabilitación por el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya por su negativa a retirar una pancarta y lazos amarillos a pesar de las órdenes expresas de la Junta Electoral. El Supremo rechazó su petición de medidas cautelarísimas contra el acuerdo y la semana que viene decidirá si acepta las cautelares como pide la Fiscalía: la JEC dictó la inhabilitación de Torra como diputado aunque su condena no es firme.

El tribunal, según fuentes del Supremo, esta a la espera de recibir y estudiar tanto esta alegaciones como las de la propia Junta antes de resolver la petición de cautelares la semana que viene.

Situación inédita

El fiscal reconoce que "salvo error u omisión" la Junta Electoral Central "nunca había decidido, directamente en ejercicio de su propia competencia, privar de su escaño a un parlamentario –ni de ámbito autonómico ni estatal- que ya se hallase en el ejercicio pleno de su mandato", por lo que se trata de una situación inédita y de "complejidad potencial".

El fiscal explica que la ejecución sin matices del acurdo de la Junta acarrera "la privación inmediata y definitiva del escaño que ocupa el Sr. Torra en el Parlamento catalán y su asignación al siguiente candidato de la lista electoral en la que fue elegido" y que hay que tener en cuenta "la temporalidad del cargo del que se priva" a Torra como diputado. "No se puede dar la espalda a la evidencia de que, en la práctica, el ejercicio de su mandato, en función de la duración del proceso, podría verse notablemente recortado o incluso desvirtuado por completo", añade. 

La competencia de la JEC

En su escrito, la Fiscalía apoya "sin reservas" la decisión del Supremo de rechazar las medidas cautelarísimas pero explica que, incluso, la Junta Electoral podría no ser competente para tomar la decisión de inhabilitarle una vez condenado. "Tendría competencia para resolver sobre la inelegibilidad propiamente dicha de los candidatos, pero una vez alcanzada por estos la condición de electos correspondería en exclusiva al propio Parlamento la competencia para apreciar la existencia y los efectos de dicha inelegibilidad sobrevenida".

El fiscal destaca que este reproche por posible incompetencia no ha sido alegado sólo por Torra: también figura "en el voto particular suscrito por seis de los vocales de la Junta Electoral Central, frente al acuerdo mayoritario que se impugna en este procedimiento".

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