¡Cuidado! Estos son los motivos por los que podrían inmovilizar tu vehículo
La DGT revela los casos en los que agentes podrían proceder a la inmovilización de tu vehículo
Madrid
La Dirección General de Tráfico (DGT) ha dado a conocer, a través de su cuenta de Twitter, una serie de motivos que podrían provocar la inmovilización de tu vehículo. Desde circular sin faros o sin casco, una serie de infracciones que comprometen tanto tu seguridad como la del resto de personas, hasta otras como viajar con antirradares.
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Según recoge el artículo 84 de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial, los agentes pueden retener nuestro vehículo si no cuenta con la autorización administrativa necesaria para circular. Por lo tanto, y si tu coche no ha pasado la Inspección Técnica de Vehículos (ITV), la policía puede proceder a la inmovilización del mismo con el objetivo de garantizar la seguridad del resto de vehículos. También en caso de que haya resultado negativa o de que haya perdido su vigencia, así que circula siempre con todos los papeles en regla.
Controla el seguro de tu coche y cuidado con los niveles de gases
Recuerda tener también el seguro del vehículo en regla. En caso de que los agentes comprueben que tu coche o tu motocicleta no dispone de una póliza en vigor, podrán acceder a la inmovilización del mismo. Por esa misma razón, y si no tienes el seguro en regla, procura enviar la documentación pertinente para garantizar la póliza y no subirte al vehículo bajo ningún concepto hasta que no sea aceptada.
Entre el resto de infracciones por las que pueden inmovilizarte el vehículo podemos encontrar otras como superar los niveles de gases, humos y ruido permitidos. También por conducir sin un sistema de retención infantil obligatorio en caso de que viajes niños o manipular dispositivos de control. Si la policía te pilla modificando el tacógrafo o el limitador de velocidad incluido en algunos vehículos de transporte, o incumpliendo los tiempos de conducción y descanso de los conductores profesionales, podrán retener tu vehículo hasta nuevo aviso.
Presta atención a los faros o el sistema de frenado
Según la DGT, la policía también podrá retener su vehículo en caso de que presente anomalías que constituyan un riesgo especialmente grave para los demás. Desde circular sin faros o sistema de frenado hasta hacerlo con golpes visiblemente graves o con la ITV negativa. Pero no solo eso. También si un conductor ha ingerido alcohol o drogas y ninguno de los acompañantes está en condiciones como para ponerse al volante.
Por último, desde la DGT recuerdan que la policía puede retener nuestro vehículo cuando exista una ocupación excesiva (más del 50% del número de plazas autorizadas) en el mismo. Es decir, si en un turismo habilitado para cinco personas viajan ocho, la policía podrá retener el vehículo. Siguiendo todas estas recomendaciones, evitarás que la policía pueda inmovilizar tu vehículo por sorpresa.
David Justo
(Astrabudua, 1991) Periodista especializado en tecnología y buscador de historias virales e inverosímiles...
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