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Caso Infancia Libre

La Fiscalía archiva la causa contra Infancia Libre y no ve organización criminal

La unidad adscrita de policía judicial intentó abrir una investigación contra las mujeres de Infancia Libre por organización criminal porque consideraba que la asociación coordinaba a una red de profesionales con el fin de quitar a los padres la custodia de los menores

Algunos miembros de la acusación acusada por la Policía / Agencias

Madrid

La Fiscalía Provincial de Madrid ha archivado la causa tras la denuncia que interpuso la unidad adscrita de la Policía Judicial de Plaza Castilla contra con la asociación Infancia Libre ante la ausencia de “datos objetivos” y la falta de evidencias de que pudieran constituir una organización criminal, como pedía la Policía, según ha avanzado esta emisora. 

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Durante el año 2019 los agentes llegaron a detener a tres de las fundadoras de Infancia Libre y una cuarta, Rocío de la Osa, ex vicepresidenta de la asociación, fue puesta a disposición judicial acusada de dos delitos de desobediencia a la autoridad y sustracción de menores. Tras las detenciones, y numerosas comparecencias en televisión del responsable policial de la investigación, Pedro Agudo, la unidad que coordina en Plaza Castilla presentó un informe ante la Fiscalía pidiendo que fueran investigadas por organización criminal, junto a los abogadas y los psicólogos de la asociación.

Según el escrito de la Fiscalía que archiva la causa, no hay elementos que puedan asegurar que funcionaban como una organización ilícita. Primero, porque no hay conexión " directa" de las mujeres que supuestamente interpusieron denuncias falsas contra los padres de sus hijos con la asociación. Además, en la mayoría de los supuestos se presentaron en fechas anteriores a la constitución de Infancia Libre o cuando ésta ya había dejado de tener actividad.

Después de haber investigado los 20 casos sobre los que trabajaba la Policía, similares al caso de Infancia Libre, la Fiscalía considera que, a lo largo de la investigación, "únicamente" ha quedado acreditada la comisión de un delito de sustracción de menores, "en base a la acusación formulada por la Fiscalía contra María Sevilla y un delito de desobediencia "por la acusación formulada contra A. M. B. V.", en ambos casos por hechos cometidos cuando la asociación ya había dejado de tener actividad”.

Para la Fiscalía el hecho de que un miembro de una asociación cometa un delito “no conduce necesariamente a considerar que ese fin concreto era el exclusivamente buscado por la asociación a la que pertenecía”, ya que la jurisprudencia exige que la finalidad delictiva “ha de ser querida y pretendida por la propia asociación, no por el propósito individual de alguno de sus miembros”.

 
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