Condenas de 140 años de cárcel por la venta masiva de datos personales
El Tribunal Supremo ha rebajado las condenas impuestas a una red de tráfico de datos personales radicada en Badalona
Dos empresarios dedicados a vender datos usaron a varios funcionarios para obtener información laboral de más de 2.000 personas
Madrid
El Tribunal Supremo ha establecido una de las condenas más abultadas por el tráfico de datos personales en nuestro país: hasta ciento cuarenta años de prisión para los siete integrantes de una red radicada en Badalona que usó funcionarios para obtener datos de más de dos mil personas y venderlos a empresas y particulares. Se les imputan más de cien delitos por todas las víctimas identificadas pero no tendrá que cumplir más de siete años entre rejas.
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La sentencia, a la que ha tenido acceso la Cadena SER, describe cómo esta red de tráfico de datos a gran escala obtuvo información laboral confidencial de 2.061 personas en tan sólo siete meses entre noviembre de 2011 y mayo de 2012. La red estaba formada por un matrimonio dedicado a vender informes con datos confidenciales, un funcionario jubilado de la Generalitat y varios funcionarios en activo tanto de la administración catalana como del Estado.
Según la Justicia, el modus operandi era siempre el mismo: los funcionarios en activo miembros de la trama recibían los encargos del matrimonio y obtenían la información de las bases de datos tanto de la oficina del Servei de Ocupació (SOC) como de la oficina del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) de Badalona. Datos como las fechas de alta o baja como autónomo, las prestaciones por desempleo, subsidio, viudedad o maternidad o información sobre la incapacidad laboral de más de 2.000 personas que terminaban en manos de los clientes del matrimonio: empresas que elaboraban informes comerciales para que bancos o financieras estudiasen casos de morosidad.
El Tribunal Supremo acaba de dictar una sentencia que rebaja las condenas iniciales impuestas a los condenados pero que se mantiene en cifras muy elevadas por la cantidad de delitos de revelación de secretos que atribuyen a cada uno: un delito por cada víctima identificada. Cada uno de los miembros del matrimonio y el funcionario jubilado son condenado a 140 años y 3 meses de prisión como inductores de 138 delitos de revelación de secretos - a un año por delito - y otro más de cohecho, mientras que los cuatro funcionarios que proporcionaban los datos son condenados a penas que oscilan entre el año y medio y los 124 años y 3 meses de cárcel.
Veinte euros por consulta
Según la sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Eduardo de Porres, explica que el matrimonio cobraba a sus clientes entre 14 y 20 euros por cada consulta y que llegó a conseguir más de 20.000 euros. Los datos eran vendidos a empresas "relacionadas con la elaboración de informes comerciales y patrimoniales, tales como Informes Comerciales Geincoga SL, Informes Comerciales Indaga, SL, Informes Alear, SL, Incofisa Gestión Integral de Recobro, S.L, entre otras, que a su vez tenían como cliente últimos a entidades bancarias o financieras que utilizarían esos datos para comprobación de solvencia y en supuestos de morosidad".
Centenares de consultas semanales que también se traducían en dinero para el funcionario jubilado del SOC que había tejido la red y los funcionarios en activo que conseguían los datos. Los tres, según la Justicia, "se especializaron en la obtención ilícita, rápida y masiva de datos personales y laborales" y los funcionarios "contravinieron los deberes propios de su puesto de trabajo" al hacer "centenares de consultas semanales en aquellas bases de datos, teniendo perfecto conocimiento del carácter ilícito de las mismas".
Delito por víctima, año por delito
La Justicia opta por atribuir un delito de revelación de secretos por cada una de las personas cuyos datos fueron vendidos que han podido ser identificadas. En un primer momento la Audiencia de Barcelona impuso condenas que rozaban los 250 años de presidio por cabeza pero el Supremo lo deja en un año por cada delito al entender que los jueces de la Ciudad Condal aplicaron de forma indebida entre otros agravantes de ánimo de lucro.
Las condenas superan en algunos casos los cien años de prisión pero no tendrán que pasar más de siete años entre rejas, tal y como explica el propio Tribunal Supremo en su sentencia. El artículo 76.1 del Código Penal establece un cumplimiento máximo del triple de años de cárcel impuestos por la condena más grave: en este caso los dos años y tres meses impuestos a casi todos los acusados por cohecho, lo que implica que este cumplimiento máximo no llega a los siete años.
Macrocausa en Barcelona
La sentencia que hoy revela la Cadena SER revela que el mismo juzgado 17 de Barcelona instruyó hasta cuatro piezas separadas relacionadas con el tráfico de datos personales en diversos puntos de Catalunya. Una de ellas terminó en absolución pero en el resto el Tribunal Supremo terminó dictando dos sentencias condenatorias a lo largo de 2017 contra un total de cuatro personas por obtener de forma ilegal datos personales de personas, aunque no en todos los casos se pudiera demostrar que lo hicieran a cambio de dinero.
Una de estas sentencias condenó a dos años de cárcel a un detective privado que obtuvo de forma ilegal datos médicos privados de hasta diez personas entre 2011 y 2012, según la resolución haciendo informes "para la aseguradora". Otra de estas sentencias del Supremo condenó a tres personas también por vender estos datos: un año y once meses para un funcionario de la Seguridad Social en Barcelona que extrajo datos laborales de una veintena de personas para que un amigo en paro - condenado a un año y ocho meses - pudiera ganar dinero vendiéndolos. En esta causa fue condenada también una mujer que encargó varios de estos datos sobre empresas.