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Crimen Pioz

El Supremo estudia la condena a prisión permanente revisable del asesino de Pioz

El Supremo examina la condena del cuádruple asesion de Pioz: prisión permanente y 75 años de cárcel

El alto tribunal debe decidir si confirma su jurisprudencia: se puede condenar a un asesino de niños a prisión permanente

El condenado Patrick Nogueira durante el juicio / Agencias

El condenado Patrick Nogueira durante el juicio

Madrid

El Tribunal Supremo examina este martes la condena impuesta a Patrick Nogueira por asesinar a sus tíos y sus dos hijos pequeños en la localidad alcarreña de Pioz en agosto de 2016: una prisión permanente revisable por el asesinato del hombre y 75 años de prisión por los otros tres. Los jueces tendrán que decidir si confirman su propia doctrina y aumentan su condena hasta las tres prisiones permanentes revisables que le fueron impuestas en un primer momento.

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Patrick Nogueira tenía 22 años cuando asesinó con un cuchillo y descuartizó a cuatro miembros de su familia en la localidad de Pioz, municipio de menos de 4.000 habitantes a veinticinco kilómetros de Guadalajara. Lo hizo con un cuchillo, por sorpresa y retransmitiendo en directo los crímenes a un amigo a través del teléfono móvil para después descuartizar los cuerpos y huir a Brasil.

Ahora el Tribunal Supremo, con Manuel Marchena como ponente, tiene que decidir entre tres opciones: absolverle, mantener su condena a una prisión permanente revisable y 75 años de cárcel o imponerle hasta tres prisiones permanentes revisables. El núcleo del debate, según confirman fuentes del alto tribunal, estará en si el tener en cuenta la vulnerabilidad de los niños para condenarle por asesinato con alevosía es incompatible con volver a tenerlo en cuenta para imponerle la prisión permanente revisable.

Ahora mismo Nogueira está condenado a una prisión permanente revisable por el asesinato de su tío y 75 años de cárcel por los de su tía y los dos niños, que tenían entonces tres años uno y año y medio el otro. El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha optó por rebajar la condena inicial de 25 años de cárcel por el asesinato de la mujer y una prisión permanente por cada uno del resto de crímenes que impuso en un primer momento la Audiencia de Guadalajara.

Asesinato en Vitoria

El caso puede servir a la sala segunda para confirmar sus propios criterios apuntalados en julio de 2019 cuando impusieron la permanente revisable a un hombre que lanzó a una bebé por una ventana desde cinco metros de altura en Vitoria, acabando con su vida. Ya entonces los jueces, con Julián Sánchez Melgar como ponente, avalaron la compatibilidad del artículo 139.1 (alevosía) con el 140.1.1 (prisión permanente revisable al ser la víctima menor).

"Son dos bases diferentes para dos agravaciones diferentes: no hay bis in idem sino un legítimo bis in altera", explicaba esa sentencia, añadiendo que "ni puede llevarse a efecto una interpretación que deje vacío de contenido en la práctica del art. 140.1.1ª del Código Penal , ni puede imaginarse un caso más claro en donde proceda la prisión permanente revisable que el legislador ha concebido para sancionar estos hechos. No aplicarla en este caso, sería no aplicarla nunca con niños. Y es claro que la interpretación judicial no puede dejar sin efecto el sentido de la norma".

El Supremo estudia el caso de Pioz desde este martes

El Supremo estudia el caso de Pioz desde este martes / EFE

El Supremo estudia el caso de Pioz desde este martes

El Supremo estudia el caso de Pioz desde este martes / EFE

Es el mismo debate que atraviesa de forma transversal el recorrido judicial del cuádruple crimen de Pioz: si los dos asesinatos de los dos niños pequeños también deben ser castigados con prisión permanente revisable. El Tribunal Superior de Castilla-La Mancha entendió que no era posible al entender que no concurría ensañamiento y que al hacerlo podía "incurrir en proscrita doble valoración o ne bis in ídem de la circunstancia que cualificó el asesinato".

 
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