Tribunales
Agresiones sexuales

Tormenta de objeciones al proyecto de reforma de Irene Montero para los delitos sexuales

La propuesta de reforma de los delitos sexuales de Montero invadía competencias autonómicas, regulaba aspectos reservados a la ley de la infancia de Pablo Iglesias y chocaba con la ley de violencia de género de Carmen Calvo

La ministra de Igualdad, Irene Montero. / Eduardo Parra EUROPA PRESS

Madrid

El Consejo de Ministros aprobará esta semana el anteproyecto de la reforma de los delitos sexuales. Un texto provisional que han pulido los equipos de Igualdad y Justicia, coordinados por la vicepresidenta Carmen Calvo, después de que el departamento de Juan Carlos Campo detectara deficiencias en el proyecto legislativo. Irene Montero ha tenido que hacer frente a una tormenta de objeciones al proyecto presentadas desde vicepresidencia, pasando por Hacienda hasta llegar a Justicia y otros sectores socialistas del gobierno, según ha sabido la Cadena SER. 

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Las críticas se resumen en que el borrador repartido por Igualdad era más político que legislativo, bajaba las penas sin tener en cuenta la jurisprudencia del Tribunal Supremo, no incorporaba correctamente el Convenio de Estambul y tenía una clara vocación invasiva. El departamento de Irene Montero regulaba aspectos reservados a la ley de la infancia que impulsa Pablo Iglesias al afectar a menores de 16 años, no dejaba clara la delimitación con la Ley Integral contra la Violencia de Género que impulsó José Luis Rodríguez Zapatero e invadía competencias reservadas a las comunidades autónomas en materia de asistencia social o educación.

23 artículos, casi la mitad de los 60 del proyecto, y dos disposiciones reproducían de forma prácticamente idéntica artículos vigentes de otras leyes. El borrador tenía hasta errores formales: iban en mayúscula letras que debían ser minúsculas, las referencias numéricas se escribían en número y no en letra y se empleaban palabras que no figuran en la RAE como interseccional o revictimizar.

Las fuentes consultadas confían en que las objeciones se incorporen al proyecto inicial del Ministerio de Igualdad, aunque subrayan que aún quedará trabajo por hacer y esperan que las enmiendas de los grupos parlamentarios y los informes del Poder Judicial, el Consejo Fiscal y el Consejo de Estado terminen de pulir el texto.

Las contradicciones del proyecto

La reforma de Irene Montero dice en su artículo primero que tiene por objeto la protección integral del derecho a la libertad sexual de “todas las personas”, pero en su artículo cuarto dice que su ámbito de aplicación va dirigido a “todas las mujeres mayores de dieciséis años”. Además de la contradicción, en este punto se invade la ley de protección de la infancia que va dirigida a las mujeres de entre 16 y 18 años.

LAS CLAVES DE LA PROPUESTA

Sorprende el Ministerio de Igualdad al proponer rebajar la pena de cárcel a los violadores y agresores sexuales. Para el delito de violación, plantea de cuatro a diez años de prisión, cuando en la actualidad es de seis a doce. Y baja de uno a cuatro para el agresor que atente contra la libertad sexual de otra persona sin su consentimiento. El abuso desaparece. La agresión grupal no será delito específico, sino agravante y nuevos agravantes serán las violaciones dentro de la pareja o expareja o cuando se anule la voluntad de la víctima con drogas. El anteproyecto plantea que los juzgados de violencia de género asuman también la violencia sexual con formación obligatoria para todos los operadores. La norma del 'solo sí es sí' copia de la ley de violencia de género toda la parte de prevención y asistencial, desde crear centros para la atención inmediata hasta que se pueda acreditar la condición de víctima con un certificado social o médico para recibir ayudas sin necesidad de denuncia.

En el artículo 2 se establecen delitos inexistentes como el sexting y se incluyen aspectos que no tienen necesariamente naturaleza sexual o que, nuevamente, se

refieren a menores. En este precepto las definiciones de violencia de género y violencia machista no encajan con las enunciadas en el Convenio de Estambul.

La ley no recoge especificidades de las minorías como los inmigrantes que puedan verse afectados por este tipo de delitos y tampoco establece los programas de tratamiento para los agresores que reivindica el Convenio de Estambul más allá de los existentes en los centros penitenciarios. Los juzgados de violencia contra la mujer, según el borrador, asumirán la investigación de los casos de agresión sexual.

Lo que también es objeto de controversia porque no se ha tenido en cuenta la carga de trabajo de estos órganos judiciales. Controversia también en torno a otra novedad de la futura ley que prevé la responsabilidad penal de las empresas en caso de agresiones sexuales. Primero porque esta no es una exigencia del Convenio de Estambul y segundo porque estamos ante delitos exclusivamente personales, sin perjuicio de que las empresas puedan incurrir en responsabilidad civil subsidiaria.

Nieves Goicoechea

Nieves Goicoechea

La mayor parte de mi carrera la he desarrollado en la radio. También “conocí el poder por dentro” como...

 
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