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Coronavirus Covid-19

El Supremo para los pies al curandero que promociona remedios milagrosos contra el coronavirus

Rechaza las medidas cautelarísimas solicitadas por Josep Pàmies exigiendo que cesara de inmediato el uso de biocidas para desinfectar

La Fiscalía investiga a este curandero por promover el clorito de sodio contra el coronavirus

Miembros de la UME en labores de desinfección / Óscar Cañas (EuropaPress)

Madrid

El Tribunal Supremo ha rechazado suspender de forma cautelarísima la autorización gubernamental que permite a las Fuerzas Armadas usar determinados biocidas para desinfectar en el marco de la lucha contra el coronavirus. Los jueces rechazan así la petición interpuesta por Josep Pàmies, horticultor jubilado que entre otras cosas es investigado por la Fiscalía por recomendar productos milagrosos e inefectivos para curar el COVID-19.

El recurso fue llevado ante el Supremo junto con el letrado Luis de Miguel y presentado contra la Orden SND/351/2020, de 16 de abril del Ministerio de Sanidad que autorizaba a las Unidades NBQ de las Fuerzas Armadas y a la Unidad Militar de Emergencias a utilizar biocidas para las labores de desinfección. Defensa ya desmintió hace unos días que fueran a fumigar desde los aviones. 

En sus escritos, refleja el auto del Supremo,alegaban que "viven en unos pequeños pueblos de Lleida y Burgos" y que la Orden implica "una interferencia ilícita en los derechos fundamentales" de los dos, al tratarse "de una medida que aparenta humillante y peligrosa dado que los productos que se empleen, la dosis o la técnica, puede perjudicar a la salud" y que "no aparenta respetar ninguna dignidad, el hecho de fumigar a la población con no se sabe qué sustancias como si se tratase de parásitos o animales".

El Supremo, que seguirá tramitando el asunto por la vía de las cautelares, entiende que la Orden que impugnan "no aprueba ni introduce nuevos biocidas, ni extiende las indicaciones de uso y aplicación de los mismos más allá de las que ya venían vigentes desde hace largo tiempo, sino que se limita a habilitar temporalmente a determinadas unidades militares, mediante la capacitación reglamentariamente exigida para poder hacer uso de los mismos".

El curandero de la lejía

Pàmies, agricultor de Lleida, ha sido denunciado por el Colegio de Médicos y está siendo investigado por la Fiscalía por haber grabado un vídeo en el que plantea como solución al coronavirus el consumo de Solución Mineral Milagrosa (Miracle Mineral Solution, clorito de sodio) para curarse. Una sustancia que ya en el pasado había promocionado para "curar" el autismo.

En 2018 ya fue sancionado con 600.000 euros por el Departamento de Salud de la Generalitat por promocionar el uso de MMS para distintas dolencias. En ese momento constituyó la tercera sanción después de otras dos de 90.000 y 30.000 euros respectivamente por prácticas similares. Pàmies es conocido, por ejemplo, por promocionar el consumo de estevia.

Rechazo de cautelarísimas

Este lunes el Tribunal Supremo ha hecho públicos varios autos en los que rechaza medidas cautelarísimas contra diversos aspectos del estado de alarma. En otro procedimiento los jueces de lo contencioso-administrativo también han rechazado la solicitud cautelarísima de Abogados Cristianos contra la Orden SND 310/2020 que estableció como servicio sanitario esencial la actividad de las clínicas de interrupción voluntaria del embarazo.

Este mismo lunes el Supremo también ha declarado su falta de jurisdicción para estudiar impugnaciones del Real Decreto que impuso el estado de alarma el pasado mes de marzo, enseñando el camino del Tribunal Constitucional a quien quiera recurrirlo pero especificando que esto sólo se aplica "a la norma de declaración y a sus prórrogas pero no a los decretos o disposiciones que acompañen a dicha declaración o que se dicten durante su vigencia o en relación con la misma ni tampoco respecto de sus actos de aplicación".

 
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