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Euskera

El Supremo considera discriminatorio exigir el uso del euskera en actividades subvencionadas

Anula un articulo de una ordenanza municipal de subvenciones de Lasarte-Oria que obligaba a hacer en euskera actividades subvencionadas dirigidas a menores de 16 años

"El fomento y la dinamización del uso de una lengua cooficial que se dice minoritaria no debería ser excluyente sino inclusivo", dice el Supremo

Manifestación en Bilbao a favor de la ikurriña en 2014 en las fiestas de Aste Nagusia / EFE

Manifestación en Bilbao a favor de la ikurriña en 2014 en las fiestas de Aste Nagusia

Madrid

El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia en la que declara discriminatorio que una administración pública exija que una actividad se haga en euskera por el hecho de estar subvencionada. Los jueces, con dos votos en contra, tumban un artículo de una ordenanza municipal de subvenciones de Lasarte-Oria que obligaba a impartir actividades a menores de 16 años en euskera si eran subvencionadas: "El fomento y la dinamnización del uso de una lengua cooficial que se dice minoritaria no debería ser excluyente sino inclusivo".

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Se trata de un procedimiento desvelado por la Cadena SER en abril del año pasado: la Abogacía del Estado llevó ante el Supremo el artículo 10.m.1 de una ordenanza municipal de subvenciones de este consistorio guipuzkoano que establecía que "cuando la actividad vaya dirigida a menroes de 16 años la misma se realizará en euskera, tanto oralmente como por escrito". Artículos posteriores de la norma compatibilizan esto con el castellano si la actividad va dirigida a personas de todas las edades.

El Supremo anula este artículo explicando que "es contrario al principio de igualdad de trato y no discriminación, vinculado al uso promoción de las lenguas cooficiales y, además, excluye como destinatario final de la actividad a quienes, no teniendo el deber de conocer la lengua vasca, son castellano parlantes".

La sentencia tiene un voto particular contrario de dos magistrado de la sala: Pablo Lucas y Pilar Teso. Entienden que la ordenanza municipal de Lasarte-Oria no es discriminatoria y "no menoscaba la posición del castellano, protegida constitucional, estatutaria y legalmente, además de prevalente en la realidad social. Y parece lógico que la promoción se haga en la propia lengua objeto de ella y no en otra distinta".

 
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